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Decreto Local 016 de 2020 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
17/11/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6966 del 20 de noviembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2020

 

(Noviembre 17)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.

 

Que, el Alcalde Local de Chapinero, en cumplimiento de las metas establecidas dentro del Plan de Desarrollo Local “Chapinero mejor para todos 2017- 2020” para la vigencia 2020, identificó un déficit presupuestal del proyecto “Gobernanza y el fortalecimiento del desarrollo institucional”, por la no incorporación de recursos de excedentes financieros, los cuales en vigencias anteriores habían sido utilizados para soportar la misionalidad de la Alcaldía Local. Y considerando que la Alcaldía Local de Chapinero tiene desbordada su capacidad operativa y administrativa de respuesta, poniendo en riesgo el adecuado desarrollo de los procesos de Gestión Policiva y Gestión del Desarrollo Local, al no contar con el personal suficiente para finalizar la vigencia actual.

 

Que mediante oficio N° 2-2020-51924 del 29 de octubre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio N° 2020EE190018O1 del 13 de noviembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de CIENTO CINCUENTA MILLONES PESOS M/TE ($150.000.000)

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2020, de conformidad al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

13

GASTOS

150.000.000

133

INVERSIÓN

150.000.000

13301

DIRECTA

150.000.000

1330115

Bogotá Mejor para todos

150.000.000

133011502

Pilar Democracia urbana

150.000.000

13301150218

Espacio público, derecho  de todos

150.000.000

133011502180000001301

Mejorar la calidad de  la movilidad

150.000.000

 

TOTAL, CONTRACREDITOS

150.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2020, de conformidad al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

13

GASTOS

 150.000.000

133

INVERSIÓN

 150.000.000

13301

DIRECTA

150.000.000

1330115

Bogotá Mejor para todos

150.000.000

133011507

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

150.000.000

13301150745

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

150.000.000

133011507450000001304

Gobernanza y fortalecimiento del Desarrollo Institucional

150.000.000

 

TOTAL, CREDITOS

150.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de noviembre del año 2020.

 

ÓSCAR YESID RAMOS CALDERÓN

 

Alcalde Local de Chapinero