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Decreto Local 019 de 2020 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
17/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6997 del 19 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 019

 

(Diciembre 17)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales:

 

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1.    Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

 

Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2020 con corte al 31 de octubre, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales cuentan con saldos disponibles: “3.3.1.15.01.03.1475 - Envejecimiento digno, activo y feliz” por valor de $69.072.000, “3.3.1.15.01.03.1477 - Ayudas para la calidad de vida de personas con Discapacidad” por la suma de $46.520.000, “3.3.1.15.01.07.1479 - Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad” por valor de $500.000.000, “3.3.1.15.01.11.1480 - Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación” por la suma de $15.130.069, “3.3.1.15.02.17.1488 - Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana” por valor de $127.816.300, “3.3.1.15.05.31.1498 - El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad” por la suma de $209.532.302 y “3.3.1.15.07.45.1529 - Empoderamiento Social con Corresponsabilidad” por valor de $10.472.487, por un valor total $978.543.158, y que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con estos recursos disponibles por un valor total de $978.543.158, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar las metas programadas, donde los contracréditos ascienden a un valor total de Novecientos Setenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta y Ocho Pesos ($978.543.158) M/cte.

 

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal de los proyectos “3.3.1.15.02.18.1490 - Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía” con el fin de Adicionar y prorrogar el Contrato de Interventoría 296 de 2018, por valor de $272.098.603 por cuanto se encuentra deficitario el rubro; “3.3.1.15.03.19.1495 - Espacios seguros y confiables para la convivencia” para la adquisición de diecisiete (17) Motocicletas, equipo automotor que tiene como finalidad primordial brindar de herramientas a la Policía Metropolitana de Bogotá para la identificación y caracterización del comportamiento delictivo, para así adelantar acciones que permitan interrumpir el crimen organizado, la delincuencia común, la comercialización de bienes hurtados, impactar en la comisión de delitos de lesiones personales, hurto a personas, residencias y sector comercial y del homicidio por la suma de $509.880.000; y “3.3.1.15.07.45.1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” para las adiciones y prórrogas de seis (6) contratos de prestación de servicios (CPS) del componente de fortalecimiento institucional, teniendo presente que dichos contratos terminan entre inicios y mediados de diciembre del presente año, por lo cual es necesario realizar adiciones a los mismos por un valor de $48.464.072 y para el componente de Inspección, Vigilancia y Control - IVC para las adiciones y prórrogas de diecisiete (17) contratos de prestación de servicios (CPS) por la suma de $148.100.483, con el fin de dar cumplimento a procesos administrativos y jurídicos que están actualmente en ejecución en el Área Policiva Jurídica, necesarios para el cumplimiento de las metas planteadas en el Plan de Gestión del año 2020, teniendo presente que finalizan a inicios y mediados del mes de diciembre, para un total de $196.564.555. De esta forma, son en total de estos tres (3) proyectos por $978.543.158, es así como se acreditará o adicionará estos rubros por la suma Novecientos Setenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta y Ocho Pesos ($978.543.158) M/cte.

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior proyecto, requiere la suma de Novecientos Setenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta y Ocho Pesos ($978.543.158) M/cte.

 

Que el Fondo de Desarrollo de Engativá, en gastos de inversión directa, en los proyectos “3.3.1.15.01.03.1475 - Envejecimiento digno, activo y feliz”, “3.3.1.15.01.03.1477 - Ayudas para la calidad de vida de personas con Discapacidad”, “3.3.1.15.01.07.1479 - Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad”, “3.3.1.15.01.11.1480 - Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación”, “3.3.1.15.02.17.1488 - Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana”, “3.3.1.15.05.31.1498 - El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad” y “3.3.1.15.07.45.1529 - Empoderamiento Social con Corresponsabilidad”, presentan saldos de apropiación libre de afectación por un valor total $978.543.158 que puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.

 

Que para tal fin, se solicitó concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación con Oficio No. 20206020755821 del 30 de noviembre de 2020, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2020.

 

Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20206020775551 del 4 de diciembre de 2020 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2020. Que mediante Oficio No. 2-2020-61194 del 3 de diciembre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.

 

Que mediante Oficio No. 2020EE196938O1 del 17 de diciembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de Novecientos Setenta y Ocho Millones Quinientos Cuarenta y Tres Mil Ciento Cincuenta y Ocho Pesos ($978.543.158) M/cte.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. – Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CONTRACREDITOS

3

GASTOS

978.543.158

3.3

INVERSIÓN

978.543.158

3.3.1

DIRECTA

978.543.158

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

978.543.158

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

630.722.069

3.3.1.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

115.592.000

3.3.1.15.01.03.1475

Envejecimiento digno, activo y feliz

69.072.000

3.3.1.15.01.03.1477

Ayudas para la calidad de vida de personas con discapacidad

46.520.000

3.3.1.15.01.07

Inclusión educativa para la equidad

500.000.000

3.3.1.15.01.07.1479

Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad

500.000.000

3.3.1.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

15.130.069

3.3.1.15.01.11.1480

Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación

15.130.069

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

127.816.300

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

127.816.300

3.3.1.15.02.17.1488

Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana

127.816.300

3.3.1.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

209.532.302

3.3.1.15.05.31

Fundamentar el desarrollo económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la competitividad de la Ciudad Región

209.532.302

3.3.1.15.05.31.1498

El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad

209.532.302

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

10.472.487

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

10.472.487

3.3.1.15.07.45.1529

Empoderamiento Social con Corresponsabilidad

10.472.487

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

978.543.158

 

ARTÍCULO 2º. – Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CRÉDITOS

3

GASTOS

978.543.158

3.3

INVERSIÓN

978.543.158

3.3.1

DIRECTA

978.543.158

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

978.543.158

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

272.098.603

3.3.1.15.02.18

Mejor movilidad para todos

272.098.603

3.3.1.15.02.18.1490

Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía

272.098.603

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

509.880.000

3.3.1.15.03.19

Seguridad y convivencia para todos

509.880.000

3.3.1.15.03.19.1495

Espacios seguros y confiables para la convivencia

509.880.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

196.564.555

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

196.564.555

3.3.1.15.07.45.1501

Buen gobierno para estimular la participación social

196.564.555

 

TOTAL CRÉDITOS

978.543.158

 

ARTÍCULO 3º.- COMUNICACIÓN. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su cargo.

 

ARTÍCULO 4º. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad 10 de Engativá a los diecisiete días del mes de diciembre del año 2020.

 

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá