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DECRETO LOCAL 012 DE 2020
(Diciembre 14)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2020
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el Decreto 113 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al artículo 9 del Decreto 777 de 2019 en donde modifica el procedimiento de concepto previo favorable de las solicitudes radicadas por las Entidades que componen el presupuesto anual y los Fondos de Desarrollo Local se estipula lo siguiente:
“Articulo 9. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se hará mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Que de acuerdo a la circula externa No. DDP000008 emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda los traslados presupuestales de gastos de funcionamiento de nivel 5 son potestad del Ordenador del Gasto.
Que dentro del Plan Anual de Adquisiciones para el año 2020 se contempló la contratación del servicio de publicidad y el suministro de espacio o tiempo publicitarios como estrategia institucional para la difusión de la información de los proyectos a través de espacios radiales, impresos y demás en la entidad por un valor de $17.500.000, dado que la pandemia generada por el Covid-19 obligó a un alto porcentaje de la población mundial a implementar y usar nuevas herramientas que pudieran garantizar su protección y dar cumplimiento de todas y cada una de las directrices a nivel Nacional y Distrital de distanciamiento y aislamiento incrementando la modalidad de trabajo en casa, lo que ha permitido aprovechar el uso de las plataformas convencionales y demás redes sociales a cargo del área de prensa, cumpliendo con la entrega de datos y fechas en los procesos de las actividades de los proyectos, información de interés general y local, adicionalmente la situación expuesta conllevo a la suspensión de varios contratos correspondientes a rubros inversión, para los cuales ya se contaba con la respectiva publicidad y el uso de los elementos establecidos para la información y convocatoria a la ciudadanía, dicho esto, el plazo de ejecución se prolongó y no se hace necesario el uso de recursos de publicidad adicionales a los ya ejecutados.
Que de acuerdo a lo anterior, la administración local evidencia que no es necesaria la ejecución de la totalidad del valor proyectado para la vigencia 2020, ya que con la contratación actual ya fue garantizado el servicio, razón por la cual, el presupuesto disponible a la fecha para este rubro no se considera necesario durante la presente vigencia.
Que en consideración con lo expuesto, el Fondo de Desarrollo Local, dispondrá de la cuantía por valor de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000) para cubrir los mantenimientos correctivos y preventivos pendientes a realizar en el contrato de vehículos hasta el mes de enero de 2021 para los vehículos de propiedad del Fondo, los cuales son indispensables para garantizar el correcto funcionamiento logístico de la entidad.
Que con el fin de garantizar los recursos necesarios para cubrir los gastos generados por el servicio de mantenimiento correctivo y preventivo de los vehículos de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito en la gestión realizada por la Alcaldía Local hasta el mes de enero de 2021, se requiere trasladar recursos por valor de SEIS MILLONES DE PESOS M/ CTE ($6.000.000) a este rubro presupuestal, debido a su importancia en la operación diaria en cada una de las áreas de La Entidad.
Que, en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Tunjuelito,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Efectúese un contra crédito y crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito conforme al siguiente detalle en los rubros de nivel 5 “Otros servicios profesionales, científicos y técnicos; Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)”:
ARTÍCULO 2º.- COMUNICACIÓN. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
ARTÍCULO 3º.- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4º.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de diciembre del año 2020.
DORIAN DE JESÚS COQUIES MAESTRE
Alcalde Local de Tunjuelito (E) |