| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 011 DE 2020
(Diciembre 07)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2020
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el Decreto 113 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al artículo 9 del Decreto 777 de 2019 en donde modifica el procedimiento de concepto previo favorable de las solicitudes radicadas por las Entidades que componen el presupuesto anual y los Fondos de Desarrollo Local se estipula lo siguiente:
“Articulo 9. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se hará mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Que de acuerdo a la circula externa No. DDP000008 emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda los traslados presupuestales de gastos de funcionamiento de nivel 5 son potestad del Ordenador del Gasto.
Que dentro del Plan Anual de Adquisiciones para el año 2020 se contempló la contratación del servicio de suministro de papelería, impresos y demás elementos de oficina como dotación para cada uno de los funcionarios y áreas de la entidad por un valor de $23.000.000, dado que la pandemia generada por el Covid-19 obligó a un alto porcentaje de la población mundial a implementar y usar nuevas herramientas que pudieran garantizar su protección y el cumplimiento de todas y cada una de sus actividades, en tal sentido la entidad acató las directrices a nivel Nacional y Distrital de distanciamiento y aislamiento con la premisa de incrementar la modalidad de trabajo en casa dando cumplimiento a la cuarentena y demás restricciones, por lo anterior, la administración local evidenció una reducción considerable en el uso de este tipo de elementos, la cual permite contar con inventario suficiente y disponible en el área de Almacén, por este motivo no es necesaria la ejecución de la totalidad del valor proyectado para la vigencia 2020, ya que con la contratación actual se garantizó el suministro hasta marzo de 2021, razón por la cual el presupuesto disponible a la fecha para este rubro no se considera necesario durante la presente vigencia.
En consideración con lo expuesto, el Fondo de Desarrollo Local, dispondrá de la cuantía por valor de DIECISIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($17.000.000) para cubrir los mantenimientos correctivos y preventivos pendientes a realizar en el contrato de vehículos hasta el mes de enero de 2021, y el suministro de combustible para los vehículos de propiedad del Fondo los cuales son indispensables para garantizar el correcto funcionamiento logístico de la entidad.
Que con el fin de garantizar los recursos necesarios para cubrir los gastos generados por el servicio del suministro de combustible para los vehículos de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito en la gestión realizada por la Alcaldía Local, se requiere trasladar recursos por valor de DIECISIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($17.000.000) a este rubro presupuestal, debido la importancia del servicio en la operación diaria según programación de las áreas de la entidad donde se requiere el continuo traslado de personal y material a diferentes puntos de la Localidad, al igual que el apoyo a otras entidades cuando así lo requieren.
Que, en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Tunjuelito,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Efectúese un contra crédito y crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito conforme al siguiente detalle en los rubros de nivel 5 “Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo”:
ARTÍCULO 2º.- COMUNICACIÓN. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
ARTÍCULO 3º.- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4º.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2020.
DORIAN DE JESÚS COQUIES MAESTRE
Alcalde Local de Tunjuelito (E) |