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Acuerdo Local 003 de 2020
(Noviembre 24)
Por el cual se autoriza un traslado presupuestal entre agregados en el presupuesto de Gastos e Inversión de la vigencia 2020
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el artículo 31 del Decreto 372 del 2010; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario efectuar un traslado entre agregados de Inversión y Funcionamiento, en el presupuesto de Gastos e Inversión de la localidad de Puente Aranda, para la vigencia fiscal 2020.
Que el rubro 3-1-2-02-02-03-0005-001 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” Requiere de recursos adicionales para poder cumplir con el servicio de vigilancia durante la vigencia fiscal 2020.
Que el Proyecto 1289 “Promoción y Apoyo a la participación Ciudadana” cuenta con recursos suficientes para efectuar este traslado, ya que las metas previstas inicialmente, no fue posible llevarlas a cabo por falta de aprobación para la construcción de los salones comunales que se tenían previstos inicialmente.
Que mediante oficio 2-2020-46993 del 06 de octubre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación conceptuó favorablemente la Modificación Presupuestal, en relación con el traslado presupuestal de la Localidad de Puente Aranda entre grandes agregados.
Que mediante oficio 2-2020-53918 del 06 de noviembre de 2020, la Secretaria Técnica del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS, conceptuó favorablemente traslado presupuestal 2020 entre agregados.
Que por tratarse de un traslado entre agregados es necesario que sea aprobado por la Junta Administradora local, como lo establece la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017.
Que, en mérito de lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Aprobar un contra crédito en el presupuesto de Inversión de la localidad de Puente Aranda acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2. Aprobar un crédito en el presupuesto de Funcionamiento de la localidad de Puente Aranda acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 24 de noviembre de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., 24 días del mes de noviembre del año 2020.
MARISOL ROSAS MONROY
Secretaria Junta Administradora Local
JAIME ARQUIMEDES CAMARGO MOLINA
Presidente Junta Administradora Local
El presente Acuerdo es sancionado el día 24 de noviembre de 2020 por:
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local (E) de Puente Aranda |