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DECRETO LOCAL 003 DE 2021
(Marzo 11)
Por medio del cual se ajusta la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2021
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior, mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de presupuesto.
Que en la Resolución No. SSDH-000191 del 22 de septiembre de 2017, sobre el Ajuste por Cierre Pre supuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010 y el Radicado SDH No. 2021EE020317O1 del 23 de febrero de 2021, una vez efectuado el cálculo de ajuste de las Obligaciones por Pagar y el monto de los Excedentes Financieros 2020, el Fondo de Desarrollo Local de Suba debe proceder a realizar el ajuste en la Disponibilidad inicial 2021, mediante Decreto del Alcalde Local.
Que en el presupuesto de la vigencia 2021, se estimó un valor de $104.661.759.000 en el rubro Disponibilidad Inicial y atendiendo el cierre presupuestal a 31 de diciembre de 2020, el monto se determinó por $77.878.621.515, por lo cual se debe ajustar la Disponibilidad Inicial al monto establecido en el cierre presupuestal.
Que mediante comunicación No. 2021EE020317O1 del 23 de febrero de 2021, la Directora Distrital de Presupuesto direccionó a la Localidad para efectuar el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Suba, numeral 3. párrafo segundo “.... disminuir en un monto neto de $26.783.137.485.”
Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba debe ajustar el rubro Disponibilidad Inicial de la Vigencia 2021, frente al cierre de la vigencia 2020, mediante una reducción presupuestal de $26.783.137.485.
Que el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 estipula “El alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la disponibilidad Inicial”.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2021 conforme al siguiente detalle:
ARTICULO SEGÚNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de marzo del año 2021.
JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN
Alcalde Local de Suba |