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Decreto Local 005 de 2021 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
29/04/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7121 del 03 de mayo de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 005 DE 2021

 

(Abril 29)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO

 

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que, el Alcalde Local de Chapinero mediante Memorando No. 20215220003793 del 28 de abril de 2021 solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel 1310202020201 Servicios financieros y servicios conexos.

 

En el 13102020202020107 - Servicios seguros de vehículos automotores: se tiene una apropiación vigente de $17.000.000, de los cuales se encuentran comprometidos $12.260.198 y se estima utilizar $2.866.398 para cubrir un nuevo proceso de contratación de la póliza de responsabilidad civil servidores Públicos en el rubro 13102020202020109 - Servicios seguros generales de responsabilidad civil

 

En el rubro 13102020202020108 - Servicios seguros contra incendio, terremoto o sustracción: tiene una apropiación vigente de $23.000.000, de los cuales se encuentran comprometidos $14.948.279, y se estima utilizar $9.628.674 para cubrir un nuevo proceso de contratación de la póliza de responsabilidad civil servidores Públicos en el rubro 13102020202020109 - Servicios seguros generales de responsabilidad civil.

 

En el rubro 13102020202020109 - Servicios seguros generales de responsabilidad civil: tiene una apropiación vigente de $37.000.000, de los cuales se encuentran comprometidos $9.302.540, quedando un saldo disponible de $27.993.911, recursos que resultan insuficientes para cubrir la póliza responsabilidad civil servidores públicos, viéndose la necesidad de realizar un traslado presupuestal por valor de $12.495.072, En este sentido, el rubro queda con un saldo de apropiación de $ 40.488.983, saldo suficiente para la adquisición de dicho compromiso.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

Artículo 1. Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C, a los 29 días del mes de abril del año 2021

 

OSCAR YESID RAMOS CALDERON

 

Alcalde Local de Chapinero