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DECRETO LOCAL 008 DE 2021
(Mayo 27)
Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2021, mediante la adición de los excedentes financieros
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y,
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 46 del Decreto 372 de 2010, en la Resolución SHD00191 de 2017 y en la Circular Externa No. DDP-000016 de 20 del 19 de octubre de 2020, “Guía de Ejecución, Seguimiento y Cierre Presupuestal 2020 y Programación Presupuestal vigencia 2021 de los Fondos de Desarrollo Local”, y una vez revisada la información de Cierre Vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Suba, se establecieron por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2021, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2021.
Que el Subdirector de Operación Bancaria de la Tesorería Distrital - Secretaria Distrital de Hacienda reportó a diciembre 31 de 2020 un saldo en caja, a favor del Fondo de Desarrollo Local de Suba por valor de $83.120.743.006; saldo que una vez conciliado arrojó una disponibilidad neta en Tesorería de $81.853.415.715.
Que una vez efectuado el ejercicio de ajuste del Fondo de Desarrollo Local de Suba se determinó una disponibilidad final - Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2020 por valor de $3.974.694.200.
Que conforme a lo anterior el Alcalde Local de Suba presentó oportunamente ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS y ante la Secretaría Distrital de Hacienda, la solicitud de ajuste al presupuesto 2021 y distribución de Excedentes Financieros, para lo cual anexó el correspondiente concepto emitido según No. Radicación: 2-2021-28128, conforme a lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Distrital 372 de 2010.
Que de acuerdo con lo consignado en las Circulares CONFIS Nos. 02 y 03 del 23 de marzo y 9 de abril de 2021, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal determinó la distribución de excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2020, asignando al Fondo de Desarrollo Local de Suba el monto de $3.130.597.785 con la siguiente destinación: $907.392.521 para fortalecer el Ingreso Mínimo Garantizado (Transferencias Monetarias) y $2.223.205.264 para el Programa Jóvenes y entornos seguros.
Que el artículo 31 del decreto Distrital 372 de 2010, señala: “ARTÍCULO 31°. Modificaciones Presupuestales: Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.
Que de conformidad con lo ordenado por el literal c), del numeral 2, del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Junta Administradora Local de Suba, mediante Acuerdo Local No. 01 de 2021, debidamente sancionado por el Alcalde Local el 19 de mayo de 2021, aprobó las modificaciones presupuestales presentadas por éste Despacho, por concepto de excedentes financieros de la vigencia 2020.
Que en este mismo sentido la Resolución SDH – 000191 de 22 de Septiembre de 2017, “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital – Manual Operativo Presupuestal – Fondos de Desarrollo Local – FDL”, establece en el numeral 3.9.2 con respecto a las Adiciones Presupuestales. Adición de excedentes financieros. Una vez aprobada la adición, el Alcalde local expedirá el Decreto de Liquidación del Acuerdo.
En mérito de lo anterior, el Alcalde Local de Suba,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificado por el art. 1, Decreto Local 009 de 2021. <El nuevo texto es el siguiente> Efectúese una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2021, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($3.130.597.785) y distribuir la disponibilidad final - excedentes financieros, según el siguiente detalle:
El texto original
era el siguiente: Artículo 1. Efectúese
una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local
de Suba en la vigencia fiscal 2021, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA
MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
M/CTE. ($3.130.597.785) y distribuir la disponibilidad final -excedentes
financieros, según el siguiente detalle:
ARTICULO SEGUNDO: Modificado por el art. 2, Decreto Local 009 de 2021. <El nuevo texto es el siguiente> Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2021, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($3.130.597.785) y distribuir la disponibilidad final excedentes financieros, según el siguiente detalle
El texto
original era el siguiente:
Artículo 2. Efectúese una
adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de
Suba en la vigencia fiscal 2021, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE.
($3.130.597.785) y distribuir la disponibilidad final- excedentes financieros,
según el siguiente detalle:
Artículo 2 (sic). El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C, a los 27 días del mes de mayo del año 2021.
JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN
Alcalde Local de Suba |