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DECRETO LOCAL 010 DE 2021
(Julio13)
Por medio del cual se efectúa un Traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el artículo 9 del Decreto No 777 del 19 de diciembre de 2019,
CONSIDERANDO:
Que según el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”
Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, rubro: 1310202010205 otros productos químicos fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre), presenta saldo de apropiación libre de afectación, según Certificación expedida por el responsable de presupuesto del Fondo de desarrollo Local de Bosa el 12 de julio de 2021, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.
Que el Fondo de Desarrollo Local, en gastos de funcionamiento, rubro 3110202010302 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) requiere de mayores recursos para garantizar el suministro de insumos y útiles de oficina para el funcionamiento de la administración de la Alcaldía Local de Bosa y de la Junta Administradora Local, toda vez que es deber del Fondo de Desarrollo Local de Bosa garantizar a sus funcionarios y contratistas lo elementos necesarios para la realización de sus tareas diarias, teniendo en cuenta la amplia demanda de servicios por parte de la comunidad a la cual se debe el servicio de esta Administración Local; para lo cual se realizó estudio de mercado con el proceso FDL-SIP-050-2021.
Que según el parágrafo único del artículo No 9 del Decreto No 777 del 19 de diciembre de 2019, “por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y la circular externa No DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019 de la Secretaria Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto, “Modificación trámite traslados presupuestales en Gastos de Funcionamiento”, este traslado no requiere concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021, por valor de $2.000.000, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021, por valor de $2.000.000, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de julio del año 2021.
LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS
Alcaldesa Local de Bosa NOTA: Ver Anexo. |
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