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Decreto Local 010 de 2021 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
13/07/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/07/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7191 del 22 de julio de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2021

 

(Julio13)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el artículo 9 del Decreto No 777 del 19 de diciembre de 2019,

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, rubro: 1310202010205 otros productos químicos fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre), presenta saldo de apropiación libre de afectación, según Certificación expedida por el responsable de presupuesto del Fondo de desarrollo Local de Bosa el 12 de julio de 2021, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local, en gastos de funcionamiento, rubro 3110202010302 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) requiere de mayores recursos para garantizar el suministro de insumos y útiles de oficina para el funcionamiento de la administración de la Alcaldía Local de Bosa y de la Junta Administradora Local,  toda vez que es deber del Fondo de Desarrollo Local de Bosa garantizar a sus funcionarios y contratistas lo elementos necesarios para la realización de sus tareas diarias, teniendo en cuenta la amplia demanda de servicios por parte de la comunidad a la cual se debe el servicio de esta Administración Local; para lo cual se realizó estudio de mercado con el proceso FDL-SIP-050-2021.

 

Que según el parágrafo único del artículo No 9 del Decreto No 777 del 19 de diciembre de 2019, “por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y la circular externa No DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019 de la Secretaria Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto, “Modificación trámite traslados presupuestales en Gastos de Funcionamiento”, este traslado no requiere concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021, por valor de $2.000.000, conforme al siguiente detalle:


CONTRACRÉDITO

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

13

GASTOS

$2.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$2.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

$2.000.000

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

$2.000.000

131020201

Materiales y suministros

$2.000.000

13102020102

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos maquinaria y equipo)

$2.000.000

1310202010205

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre).

$2.000.000

 

TOTAL, CONTRACRÉDITO

$2.000.000

 

 

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021, por valor de $2.000.000, conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITO

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

13

GASTOS

$2.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$2.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

$2.000.000

131020201

Materiales y suministros

$2.000.000

13102020103

Productos metálicos

$2.000.000

1310202010302

Productos metálicos (excepto maquinaria y equipo)

$2.000.000

 

TOTAL CRÉDITO

$2.000.000


Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de julio del año 2021.

 

LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS

 

Alcaldesa Local de Bosa


NOTA: Ver Anexo.