| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 012 DE 2021
(Agosto 02)
Por medio del cual se efectúa un Traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de BOSA, para la vigencia fiscal 2021
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial la que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”
Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, rubros: 1-3-1-2-02-01-02-03 Productos de horno y coque, de refinación de petróleo y combustible y el rubro 1-3-1-02-02-02-03-05-02 Servicios de limpieza general, presentan saldo de apropiación libre de afectación, según Certificación expedida por el responsable de presupuesto del Fondo de desarrollo Local de Bosa el 28 de julio de 2021, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.
Que el fondo de desarrollo local de Bosa en gastos de funcionamiento, rubros: rubros: 1-3-1- 02-02-01-02-06 Productos de caucho y plástico y el rubro1-3-1-02-02-02-03-06-04 Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte. Estos rubros es necesario acreditarlos para atender requerimientos de mantenimiento, reparación y cambio de llantas, necesarios para el correcto funcionamiento del parque automotor propiedad del Fondo de Desarrollo local de Bosa.
Que según el parágrafo único del artículo N° 9 del Decreto No 777 del 19 de diciembre de 2019, “por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y la circular externa N° DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019 de la Secretaria Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto, “Modificación trámite traslados presupuestales en Gastos de Funcionamiento”, este traslado no requiere concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúense uno contra créditos al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2021, por valor de $9.313.502, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2020, por valor de $9.313.502, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de agosto del año 2021.
LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS
Alcaldesa Local de Bosa NOTA: Ver Anexo. |