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DECRETO LOCAL 013 DE 2021
(Agosto 13)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2021
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: “…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que según el Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local, en el numeral “3.9.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP-N°.000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba requiere hacer un traslado presupuestal al interior del agregado funcionamiento en por valor de DOS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS PESOS ($2.093.600) con el fin de incorporarle recursos al rubro 13120202040102 “Acueducto y alcantarillado” dado que a 10 de agosto de 2021 ya se agotaron los valores proyectados en el Presupuesto de ésta vigencia y se tienen dos recibos en cuentas por pagar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado los cuales vencen el 13 de agosto de 2021.
Que la Administración Local revisó los recursos con que cuenta el rubro presupuestal 131020202040104 “Gas” y encontró que aún dispone de recursos para cubrir el gasto por éste concepto a 31 de diciembre de 2021 en las obligaciones por pagar de Funcionamiento, sobrando en la presente vigencia la suma de DOS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS PESOS ($2.093.600), los cuales pueden ser trasladados al rubro “Acueducto y Alcantarillado” dada la necesidad de fortalecer económicamente éste rubro, y así poder dar cumplimiento al pago oportuno de ese servicio público.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para poder dar cumplimiento a las necesidades de la administración Local en beneficio de la comunidad y la administración local, de la localidad de Suba. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de agosto del año 2021.
JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN
Alcalde Local de Suba |