Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 010 de 2021 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
14/09/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/09/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7237 del 17 de septiembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2021

 

(Septiembre 14)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.

 

Que se procede conforme a lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021.

 

Que la administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DE PESOS ($2.500.000) M/CTE, al rubro presupuestal 1310202020101 “Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas”, recursos que serán destinados al suministro de refrigerios, pasabocas, desayunos, almuerzos y demás alimentos preparados a precios unitarios y a monto agotable que requiera la Alcaldía Local de Puente Aranda en el desarrollo de sus actividades de carácter institucional y/o comunitario con las diferentes organizaciones sociales de participación ciudadana y control social de la localidad.

 

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda, en el rubro presupuestal 131020202010601 “Servicios de mensajería”, cuenta con recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otro rubro.

 

Que la Alcaldía Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor de DOS MILLONES QUINIENTOS PESOS ($2.500.000) M/CTE.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de septiembre del año 2021.

 

JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS

 

Alcalde Local de Puente Aranda