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Decreto Local 010 de 2021 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
11/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7283 del 10 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 de 2021

 

(Octubre 11)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2021

 

El ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, donde se estipula lo siguiente:

 

“Artículo 10°. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital rentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).” …

 

Que, en el Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2021 se estableció el rubro 131020202010601 Servicios de mensajería, por un monto de $15.000.000, a la fecha la entidad tiene suscrito y vigente el contrato interadministrativo No. 134 de 2019 del cual solo se ha ejecutado el 20% del presupuesto inicial, esta baja ejecución se deriva de la disminución en las entregas de correspondencia física, lo anterior en cumplimiento de las medidas de protección sanitaria, establecidas como consecuencia de la pandemia COVID- 19, el volumen de correspondencia externa se redujo hasta en un 50% por lo que se ha utilizado el uso de las tecnologías digitales como correos institucionales, para llevar acabo las diferentes notificaciones.

 

Que, una vez analizado el requerimiento de entrega de correspondencia, para lo que resta de la vigencia, se determina que los recursos son suficientes hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

Que, adicionalmente en el Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2021 se estableció el rubro 131020202030502 Servicios de limpieza general, por un monto de $180.000.000, a la fecha se encuentra vigente la orden de compra 64255 por un valor de $145.846.741,82 con fecha de finalización 21 de noviembre de 2021, teniendo en cuenta que a partir del 1 de octubre se realizó entrega oficial de la Nueva sede administrativa de la Alcaldía Local de Tunjuelito, con una dimensión de 7 pisos y dos sótanos y que dentro del cronograma se estima que a partir del mes de Diciembre de 2021 se iniciara la prestación del servicio de algunas dependencias desde la nueva sede, se requiere aumentar el suministro de insumos y personal de servicios generales, para adelantarlas actividades de aseo y cafetería, asimismo se debe continuar prestando el servicio en la sede administrativa actual y en la Casa de la Cultura, la cual ya cuenta con más asistentes toda vez que se han levanto paulatinamente las restricciones de presencialidad en las instituciones públicas.

 

Que, en el marco de estas nuevas actividades se debe duplicar la cantidad de operarias de aseo y cafetería y de un todero de apoyo, así como aumentar los insumos para las labores de aseo, desinfección y suministro de bebidas calientes.

 

Que, para complementar los recursos necesarios, a través del Decreto 330 del 6 de septiembre de 2021 “Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2021, con cargo al Fondo de Compensación Distrital y con destino al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito” se incorporaron al rubro 131020202030502 cuarenta y ocho millones seiscientos cuarenta y seis mil pesos m/cte. ($48.646.000), para ajustarse a las necesidades de este traslado, se requiere aumentar el presupuesto disponible que permita suscribir una nueva orden de Compra que garantice la prestación adecuada de los servicios desde el 22 de Noviembre de 2021 hasta el mes de marzo de 2022.

 

Que, en consideración con lo expuesto, el Fondo de Desarrollo Local, dispondrá de la cuantía por valor de QUINCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($15.000.000) para garantizar la prestación del servicio de Aseo y Cafetería de la Nueva sede.

 

Que, en mérito de lo expuesto, el alcalde local de Tunjuelito,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito y crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito conforme al siguiente detalle en los siguientes rubros “Servicios de mensajería, Servicios de limpieza general”:

 

RUBRO

NOMBRE

ACCIÓN

VALOR

131020202010601

Servicios de mensajería

CONTRA CRÉDITO

$15.000.000

131020202030502

Servicios de limpieza genera

CRÉDITO

$15.000.000

 

Artículo 2. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de octubre del año 2021.

 

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA

 

Alcalde Local de Tunjuelito