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DECRETO LOCAL 013
(Noviembre 02) Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021 EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y, CONSIDERANDO: Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021. Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”. Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal por la suma de CINCO MILLONES VEINTE MIL DE PESOS ($5.020.000) M/CTE. al rubro presupuestal 131020202030404 “Servicios de telecomunicaciones a través de internet” y la suma de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS ($1.100.000) M/CTE. al rubro presupuestal 131020202040103 denominado “Aseo”, recursos necesarios para garantizar el pago oportuno del servicio telecomunicaciones a través de internet y el servicio público de aseo para la sede principal de la Alcaldía Local y los espacios ocupados por la Junta Administradora Local. Que en el rubro presupuestal 131020202030701 “Servicios editoriales, a comisión o por contrato”, el Fondo de Desarrollo Local cuenta con recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros. Que el Fonde de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor SEIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS ($6.120.000) M/CTE. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforGastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del me al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de noviembre de dos mil veintiuno (2021). JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS Alcalde Local de Puente Aranda |
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