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Decreto Local 011 de 2021 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
12/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/11/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7289 del 17 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 011 DE 2021

 

(Noviembre 12)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL- y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).

 

Que el mismo numeral establece: “Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”

 

Que el fondo de Desarrollo local de Usaquén requiere adelantar la contratación del servicio de transporte de pasajeros por un valor de CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($40.000.000), la adición al contrato de vigilancia y seguridad por un valor de SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS M/CTE ($73.535.311) y la adición del contrato de combustible por SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000) para el funcionamiento y la misionalidad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén

 

Con el fin de adelantar la contratación del servicio de transporte de pasajeros, la adición al contrato de vigilancia y seguridad y la adición del contrato de combustible del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, se requiere realizar el traslado presupuestal del rubro 131020202030502 Servicios de limpieza general por un valor de CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($40.000.000) para acreditar el rubro 1310202020102 Servicios de transporte de pasajeros, por un valor total de CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($40.000.000), un contracredito del rubro 1310202010202 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados por un valor de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000) para acreditar el rubro 1310202010203 Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible, por un valor total de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000), un contracredito de los rubros :131020202030404 Servicios de telecomunicaciones a través de internet por un valor de TREINTA Y SIETE MILLONES VEINTEMIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 37.020.662) , del rubro 131020202030503 Servicios de copia y reproducción por un valor de TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/ CTE ($ 30.249.649), y el rubro 131020202030608 Servicios de mantenimiento y reparación de equipos y aparatos de telecomunicaciones con un valor de SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 6.265.000) para acreditar el rubro 131020202030501 Servicios de protección (guardas de seguridad), por un valor total de SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ONCE PESSO M/CTE ($ 73.535.311).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C, a los 12 días del mes de noviembre del año 2021.

 

JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES

 

Alcalde Local Usaquén