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DECRETO LOCAL 014 DE 2021
(Noviembre 10)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021.
Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL PESOS ($1.921.000) M/ CTE., al rubro presupuestal 131020202040103 “Aseo” y la suma de SEIS MILLONES DE PESOS ($6.000.000) M/CTE. al rubro presupuestal 31020202040101 denominado “Energía”, recursos necesarios para garantizar el pago oportuno de los servicios públicos de Aseo y Energía para la sede principal de la Alcaldía Local y los espacios ocupados por la Junta Administradora Local.
Que en los rubros presupuestales 131020202040102 “Acueducto y alcantarillado” y 131020202040104 “Gas”, el Fondo de Desarrollo Local cuenta con recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL PESOS ($7.921.000) M/CTE.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2021.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda
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