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DECRETO LOCAL 001 DE 2021
(Enero 14)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2021
EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Local No. 29 del 18 de diciembre de 2020, “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021” fijó el Presupuesto Anual de los Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2021.
Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo 9° del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, el Alcalde Local de Antonio Nariño mediante Memorando No. 20216520000133 del 14 de enero de 2021 solicitó al Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel 131020202 “Adquisición de servicios”.
Que, el rubro 131020202030501 Servicios de protección (guardas de seguridad) cuenta con una apropiación vigente de $330.000.000 y no presenta ejecución de compromisos a la fecha, así mismo, se proyecta el contracrédito de $5.200.000 lo cual no afectará el servicio planeado para 2021, estimado en mensualidades aproximadas de $28.000.000 por 11 meses. Para el 2021 se requiere el servicio de vigilancia a partir del 12 de abril de 2021.
Que, el rubro 131020202030502 Servicios de limpieza general cuenta con una apropiación vigente de $158.400.000, así mismo, se requiere acreditar $5.200.000 para completar el recurso según evento de cotización para la contratación del Servicio Integral de Aseo y Cafetería de fecha 14 de enero de 2021. Según el resultado del evento de cotización, el valor del servicio fue mayor al inicialmente calculado en la simulación del Acuerdo Marco de Precios realizado el día 04 de enero de 2021, por lo cual se requiere apropiar recurso adicional para dar inicio al servicio de aseo y cafetería de las sedes del Fondo de Desarrollo Local por diez (10) meses. En este sentido, se requiere del servicio constante en las instalaciones para las sedes en el marco de la crisis sanitaria a causa de la pandemia del virus SARS-CoV-2, Covid – 19.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese el siguiente Contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de enero del año 2021.
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO
Alcalde Local de Antonio Nariño |
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