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Decreto Local 002 de 2021 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
25/01/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/01/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7295 del 24 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2021

 

(Enero 25)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2021 mediante Acuerdo Local N° 003 del 15 de diciembre de 2020, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

 

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local expidió el Decreto Local N° 29 de 2020 mediante el cual se liquidó el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2021 a nivel de programas y proyectos.

 

Que, acorde a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 19 del Decreto 372 de 2010, “Cuando en el Decreto de Liquidación del Presupuesto se presenten errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación, y de ubicación, el Alcalde Local, de oficio podrá mediante Decreto enmendar tales errores.”

 

Que, el artículo 2 del Decreto Local N° 29 de 2020, “Fija el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($32.538.949.000)”

 

Que, en el rubro de gastos 1330690 Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores se apropiaron QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES CUATROSCIENTOS CUATRO MIL DE PESOS ($15.691.404.000), e igualmente en el rubro 131089001 Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior de gastos de funcionamiento se apropió un recurso de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL PESOS ($532.473.000) valores correspondientes a la financiación de los compromisos que si bien fueron adquiridos por el Fondo de Desarrollo Local durante la vigencia 2020 y anteriores no fueron pagados al finalizar cada año fiscal correspondiente.

 

Que, el Plan de Cuentas vigente establecido por la Secretaria Distrital de Hacienda establece que las obligaciones por pagar de la vigencia inmediatamente anterior relativas a gastos de inversión deben estar categorizadas en rubros individuales acorde al proyecto de inversión mediante el cual fueron adquiridas, lo cual no se tipificó en el Decreto Local No. 29 de 2020, igual situación en las obligaciones por pagar de funcionamiento en donde se consagraron en su totalidad en obligaciones adquiridas durante la vigencia 2020, por lo cual es necesario realizar la desagregación de la apropiación inicial del rubro de gasto 1330690 en cada proyecto de inversión de la vigencia 2020, así como del rubro 131089001 al 131089002 mediante un traslado en los términos del párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el cual estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, en gastos de inversión en el rubro 1330690 de Obligaciones por Pagar, y en gastos de funcionamiento rubro 131089001 se presentan saldos de apropiación libres de afectación, los cuales pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.

 

Que, mediante Oficio No. 2-2021-03857 del 18 de enero de 2021, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con las Obligaciones por Pagar de los gastos de inversión.

 

Que, mediante Oficios No. 2021EE006864O1 y 2021EE006868O1 del 25 de enero de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021, por valor de NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA MIL OCHOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($9.233.170.890).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Efectúese las operaciones transaccionales en Bogdata - SAP, a nivel de Alcaldía Local, para liberar y trasladar el recurso según se indica en los artículos 1 y 2 del presente Decreto Local.

 

Artículo 4. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 5. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 6. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de enero del año 2021.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

Alcalde Local de Antonio Nariño