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Decreto Local 016 de 2021 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
24/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/11/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7300 del 30 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2021


(Noviembre 24)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2021

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local”

 

Que el parágrafo único del artículo 9 del Decreto 777 de 2019, dispone que “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”

 

Que mediante Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019 proferida por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, se dieron lineamientos para los traslados presupuestales en gastos de funcionamiento, señalando que los mismos deberán ser presentados de manera individual, cuando se requieran modificaciones presupuestales que afecten otros niveles de desagregación, conforme a lo establecido en el Manual Operativo Presupuestal.

 

Que existe un saldo de apropiación disponible en el rubro de gastos de funcionamiento 131020202040102 “Acueducto y alcantarillado” por valor de $4.000.000 los cuales pueden ser trasladados para ser adicionados a los rubros que necesitan ser fortalecidos financieramente para su ejecución.

 

En consecuencia, dichos recursos serán adicionados en el rubro 131020202040101 “Energía” por valor de $4.000.000, lo que le permitirá a la Entidad cumplir con los pagos oportunos del servicio de energía que tiene a su cargo en la presente vigencia fiscal.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:


CONTRACRÉDITO

13

GASTOS

4.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

4.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

4.000.000

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

4.000.000

131020202

Adquisición de servicios

4.000.000

13102020204

Servicios de administración del Gobierno

4.000.000

131020202020401

Otros Servicios públicos generales del Gobierno n.c.p

4.000.000

13102020202040102

Acueducto y Alcantarillado

4.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

4.000.000

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2021 conformidad con el siguiente detalle:

 

CRÉDITO

 

13

GASTOS

4.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

4.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

4.000.000

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

4.000.000

131020202

Adquisición de servicios

4.000.000

13102020204

Servicios de administración del Gobierno

4.000.000

 

 

 

131020202020401

Otros Servicios públicos generales del Gobierno n.c.p

4.000.000

13102020202040101

Energía

4.000.000

 

TOTAL CRÉDITO

4.000.000


Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de noviembre del año 2021.

 

ANA DUNIA PINZÓN BARÓN


Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)