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DECRETO LOCAL 017 DE 2021
(Diciembre 03)
Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2021
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ (E)
En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda.
Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 9° del Decreto No. 777 del 19 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las Entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)
Que mediante la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el instructivo para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto No.777 de diciembre 19 expedido por el Alcalde Mayor
Que en el rubro “Servicios de seguros de Salud ediles” fueron apropiados $ 80.000.000 y en la actual vigencia se requiere un total de $ 80.140.000, tenemos por lo tanto un déficit de $ 140.000 por lo cual se requiere adicionar este valor.
Que el rubro “Servicios de seguros de vida individual de los Ediles” cuenta con recursos suficientes para el cubrimiento de las necesidades de la vigencia 2021, por lo cual este valor puede ser trasladado para atender otras necesidades.
Que en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2021, por la suma de ($140.000,00), de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2021, por la suma de ($140.000,00) de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de diciembre del año 2021.
GERMÁN HUMBERTO MEDELLÍN MORA
Alcalde Local de Sumapaz (E) |