Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 008 de 2021 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
28/04/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2021

 

(Abril 28)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del fondo de desarrollo local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de  acuerdo  con  el  Decreto No. 372 del 30 de agosto  de 2010,  “Por  el  cual  se  reglamenta el proceso  presupuestal  de  los  Fondos de  Desarrollo Local- F.D.L.”,  en  su artículo 31, y Resolución  No. SDH-000383 del 15 de  septiembre  de 2010, “ Por medio de la  cual se  adopta el  Manual  del  proceso presupuestal  de los  Fondos  de  Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral  4.1, los  cuales consagran que: “los  traslados  presupuestales dentro  del  mismo  agregado  se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.  Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

 

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2021, necesita ajustar los gastos de Funcionamiento –113120201020002 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados, 113120201020003 Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible, para financiar el rubro 13120201020005 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) y del rubro 131020202030502 Servicios de limpieza general,113120202030005003 Servicios de copia y reproducción y 113120202030005006 Servicios de organización y asistencia de convenciones y ferias para financiar los rubros 113120202010006 Servicios postales y mensajería, 13120202030006003 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico y el 113120202030006011, con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad

 

Que en el “parágrafo único del Artículo 9 del Decreto 777 del 2019, adoptado mediante la Circular Externa DDP – 000008 del 31 de diciembre de 2019”, que cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma SETENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/CTE. ($74.240.000), conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS:

 

RUBRO

DENOMINACION

VALOR

13

GASTOS

74.240.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

74.240.000

1312

Adquisición de bienes y servicios

  74.240.000

131202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

  32.836.000

13120201

Materiales y suministros

  32.836.000

1312020102

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

  32.836.000

1310202010202

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados

  14.836.000

1310202010203

Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible

  18.000.000

13120202

Adquisición de servicios

  41.404.000

1312020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

  41.404.000

13120202030005

Servicios de soporte

  41.404.000

131020202030502

Servicios de limpieza general

  19.781.000

131020202030503

Servicios de copia y reproducción

   2.879.000

131020202030506

Servicios de organización y asitencia de convenciones y ferias

  18.744.000

 

TOTAL CONTRACREDITOS

  74.240.000

 

Artículo 2. Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma SETENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/CTE. ($74.240.000), conforme al siguiente detalle:

 

CREDITOS:

 

RUBRO

DENOMINACION

VALOR

13

GASTOS

74.240.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

74.240.000

1312

Adquisición de bienes y servicios

   74.240.000

131202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

   74.240.000

13120201

Materiales y suministros

   32.836.000

1312020102

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

   32.836.000

13120201020004

Químicos básicos

   32.836.000

1310202010205

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

   32.836.000

13120202

Adquisición de servicios

   41.404.000

1312020201

Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

    8.445.000

13120202010006

Servicios postales y mensajería

    8.445.000

131020202010601

Servicios de mensajería

    8.445.000

13120202030006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

   32.959.000

131020202030603

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico

   30.080.000

131020202030611

Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas

    2.879.000

TOTAL CREDITOS

   74.240.000

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE  Y CUMPLASE.

 

Expedido en Bogotá, DC., a los 28 días del mes de abril del año 2021.

 

HORACIO GUERRERO GARCÍA

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E)