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CIRCULAR 001 DE 2022
(Enero 26)
PARA: DIRECTIVOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, DIRECTORES Y DIRECTORAS LOCALES DE EDUCACIÓN, RECTORES Y RECTORAS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y PRIVADOS Y COMUNIDAD EDUCATIVA EN GENERAL.
DE: DEIDAMIA GARCÍA QUINTERO SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
ASUNTO: ORIENTACIONES PARA LA CONFORMACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y REPORTE DE LOS GOBIERNOS ESCOLARES EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y PRIVADOS DEL DISTRITO 2022, Y DEMÁS ACCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN EN LAS COMUNIDADES EDUCATIVAS.
Reciban un cordial saludo de la Subsecretaría de Integración Interinstitucional (SII) y en general de la Secretaría de Educación del Distrito (SED).
Ante los desafíos que trae el año 2022, la participación ciudadana, la democracia y la construcción de paz se constituyen en pilares fundamentales para construir una educación integral en el Distrito Capital que fortalece las diferentes dimensiones humanas, en donde la formación del SER es tan importante como la del SABER y allí radica la transformación pedagógica para afrontar los retos de la nueva realidad del siglo XXI en tanto que aporta a la formación y construcción de sujetos políticos en la escuela quienes, a partir del fortalecimiento de sus capacidades socioemocionales y ciudadanas de pensamiento y memoria crítica, identidades, comunicación, creatividad e innovación, sensibilidad y gestión emocional y sentido de la vida, el cuerpo y la naturaleza, analizan y reconocen sus contextos para la movilización de acciones y prácticas hacia la transformación de realidades y el cuidado, la solidaridad y respeto por la dignidad de la vida .
Esta educación se construye entre todas y todos quienes hacemos parte de las comunidades educativas, por lo cual, es fundamental seguir construyendo escenarios sólidos de confianza, concertación y participación con sus integrantes para conocer las inquietudes, expectativas y recomendaciones hacia la conformación y funcionamiento de los gobiernos escolares. Asimismo, comprender que la educación como acto político que transforma los distintos escenarios de vida, se debe ligar a los contextos locales, regionales y nacionales, pues en efecto, el barrio, la vereda y la ciudad se constituyen en lugares socioambientales y culturales que influyen y a su vez dependen de su relación con la escuela, por tanto, ésta es corresponsable en el fortalecimiento de la incidencia de los sujetos que la integran, a través de la reflexión, la investigación, la acción y la participación.
Es por esto que, para convertir a Bogotá en epicentro de la paz y la reconciliación y posicionar la “Educación en Primer Lugar”, se hace necesario, desde cada uno de los estamentos de la comunidad educativa, el desarrollo de una cultura política que busque resignificar dinámicas, lógicas y procesos democráticos dado que estas posibilitan los ejercicios participativos y facilitan la incidencia de los actores hacia los cambios requeridos en los contextos escolares, aspectos que implican seguir impulsando el intercambio de saberes y experiencias desde las relaciones horizontales, el afecto y el reconocimiento de la riqueza que hay en la pluralidad y las diferencias.
Por lo anterior, resulta imprescindible potenciar estrategias que aporten a la transformación de los ejercicios democráticos y participativos, en donde se movilicen apuestas desde y para las comunidades educativas, a partir de la lectura y análisis de contextos, en los que se dé respuesta a realidades territoriales e intereses colectivos, para seguir construyendo escuelas como territorios de paz; y para ello, la conformación de los gobiernos escolares, los cargos de representación estudiantil y las demás instancias de participación, son espacios propicios para que las comunidades educativas se conviertan en protagonistas de sus procesos, hacia el reconocimiento de realidades desde un ejercicio democrático basado en el respeto, el diálogo y la reflexión.
Es por lo mismo que invitamos a las Instituciones Educativas para que la campaña, elección, conformación y funcionamiento de las instancias de participación, estén atravesadas por el trabajo colectivo, dinámico, responsable y transparente que, en consecuencia, posibilite y garantice el debate y la opinión de todas y todos desde sus intereses y necesidades.
En especial, y como parte de dichas transformaciones, se hace fundamental además, estimular y resignificar la participación de las niñas, niños y jóvenes que hacen parte de los gobiernos escolares y los cargos de representación, de tal manera que su voz tenga un impacto en las decisiones que se toman al interior de los establecimientos educativos, para generar desde allí, acciones concretas para la trasformación social, en aras de instaurar en la cultura el papel trascendental que tienen las y los más jóvenes en la sociedad.
En ese sentido, se convierte en una apuesta primordial potenciar escenarios participativos promoviendo nuevos y múltiples liderazgos en las comunidades educativas, capaces de discutir y analizar contextos a partir de los aprendizajes y retos que ha traído consigo la pandemia, que actúen más allá de la representatividad y permitan conocer los territorios e impulsar ideas de cambio. Sumado a esto, el ejercicio de la participación de las comunidades educativas debe ser contemplado como un proceso integral que abarca diferentes momentos, pasando por la elección, la generación de agendas, la ejecución del cargo y la presentación de los aportes y avances desarrollados en la vigencia a la comunidad, aspecto que sin duda implica promover y resignificar el ejercicio democrático. Lo anterior se configura en un reto que, como comunidades educativas debemos asumir para el fortalecimiento de capacidades en las personas y la construcción colectiva de las políticas públicas del sector educativo.
Teniendo en cuenta lo anterior, en esta circular se brindan orientaciones para la elección, conformación y reporte de los gobiernos escolares y demás instancias de participación, así como de aquellos procesos para su fortalecimiento, que buscan potenciar la incidencia de niñas, niños, jóvenes y en general de las comunidades educativas hacia la movilización de prácticas innovadoras para el año 2022, promoviendo procesos estratégicos y pedagógicos en los establecimientos educativos con el apoyo de las Direcciones Locales de Educación y la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la Secretaría de Educación del Distrito.
1. Orientaciones para la conformación de los gobiernos escolares y demás instancias de participación.
La elección y conformación de los gobiernos escolares en los establecimientos educativos de la ciudad, se ha consolidado como un proceso participativo y democrático que invita a las comunidades educativas a dialogar, analizar e incluir dentro de sus planes la política pública educativa, sectorial y territorial, de tal manera que estas dialoguen con las dinámicas institucionales, barriales y territoriales.
Por ello, la SED promueve el fortalecimiento de las instancias de participación a nivel institucional, local y distrital, para seguirlas consolidando como escenarios de diálogo y reflexión donde se gestan estrategias que le apuestan a la transformación y potenciación de la política pública educativa a partir de intercambios intergeneracionales, en los que cada estamento de la comunidad incide desde sus miradas a la construcción de los Proyectos Educativos Institucionales (PEI), que respondan a intereses y particularidades de las instituciones educativas.
Así las cosas, la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 del mismo año (recopilado en el Decreto 1075 de 2015) por los que se crean y regulan los gobiernos escolares en las instituciones educativas, estableciendo en este último en el artículo 2.3.3.1.5.2 que:
Artículo 2.3.3.1.5.2. Obligatoriedad del Gobierno Escolar. Todos los establecimientos educativos deberán organizar un Gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994.
El Gobierno escolar en las instituciones estatales se regirá por las normas establecidas en la ley y en el presente Capítulo. “Las instituciones educativas privadas, comunitarias, cooperativas, solidarias o sin ánimo de lucro establecerán en su reglamento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto para ellas en los incisos 2o y 3o del artículo 142 de la Ley 115 de 1994, un gobierno escolar integrado al menos por los órganos definidos en la presente Sección y con funciones que podrán ser las aquí previstas, sin perjuicio de incluir otros que consideren necesarios de acuerdo con su proyecto educativo institucional”.
“También estas instituciones deberán acogerse a las fechas que, para el efecto de la organización del Gobierno escolar, se establecen en esta Sección. En caso contrario, la licencia de funcionamiento quedará suspendida”.
Así mismo, se establece que los gobiernos escolares se constituirán por los siguientes órganos:
“1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.
3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno escolar”
Para el caso de los establecimientos educativos privados, el mencionado artículo señala que “quien ejerza su representación legal será considerado como el director Administrativo de la institución y tendrá autonomía respecto al Consejo Directivo en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En estos casos el director administrativo podrá ser una persona natural distinta del rector”.
Las funciones de estos órganos del gobierno escolar están enunciadas en los artículos 2.3.3.1.5.6 a 2.3.3.1.5.8 del Decreto 1075 de 2015.
Por su parte, como instancias para el fomento de la participación juvenil, los artículos 2.3.3.1.5.11 y 2.3.3.1.5.12 del mencionado Decreto regulan lo concerniente al personero de los estudiantes y el Consejo de estudiantes:
- Personero(a) Estudiantil será un(a) estudiante que curse el último grado que ofrezca el establecimiento educativo, quien será elegido (a) de manera democrática por las y los estudiantes matriculados mediante el sistema de mayoría simple, dentro de los primeros 30 días calendario siguientes al de la iniciación de actividades académicas. Sus funciones serán las siguientes: “a) promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación; b) recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos; c) presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes; y d) cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio” (Decreto 1075 de 2015, artículo 2.3.3.1.5.11).
- El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que se organiza de manera autónoma, define su organización interna para el cumplimiento de objetivos y responsabilidades, dentro de las cuales se incluye elegir el representante de los y las estudiantes al Consejo Directivo. Dentro de lo establecido por el Artículo 2.3.3.1.5.12 del Decreto 1075 de 2015, “Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo”. En este caso, y como lo establece el citado Artículo 2.3.3.1.5.12 del Decreto 1075 de 2015, “El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel de preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado”.
Así mismo, lo concerniente a la regulación sobre los demás cargos de representación estudiantil:
Por su parte, el acuerdo distrital 401 de 2009 crea las Contralorías Estudiantiles en los establecimientos oficiales de la ciudad y las redes locales y distritales de Contralores Estudiantiles como organismos e instancias que promueven, desde las reflexiones pedagógicas, las acciones de control fiscal como mecanismo de control social con el propósito de generar una cultura de control y cuidado de lo público en el marco de la participación con incidencia social.
Las y los candidatos a contralores estudiantiles serán estudiantes matriculados en el colegio, que cursen entre los grados de Sexto a Once, según lo ofrezca la institución, y deberán presentar, como requisito, un plan de actividades, según lo establecido en el Artículo 9° del citado Acuerdo. Según lo establecido en el Parágrafo 1 del Artículo 3° del Acuerdo, “el Contralor será el estudiante que obtenga la primera votación en las elecciones; el vice-contralor (a) será el estudiante que obtenga la segunda votación y ejercerá las mismas funciones de Contralor Estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas. El vice-contralor (a) debe vincularse al Comité Estudiantil de Control Social, del cual será su secretario técnico; además, conforme las disposiciones del Acuerdo Distrital 401 de 2009, serán elegidos para un periodo fijo de un año escolar, por el sistema de mayoría simple.
Las funciones de la contraloría estudiantil son las siguientes: “a. contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría de Bogotá D. C., promoviendo los derechos y deberes ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución; b. solicitar y presentar a la comunidad estudiantil, informes en relación con el uso de los recursos y bienes públicos de la institución; y c. las demás que le asigne la Secretaria de Educación Distrital, y el IDPAC” (Acuerdo 401 de 2009, artículo 6°).
- El cargo de Cabildante Estudiantil se crea en todos los colegios oficiales y privados de Bogotá, mediante el Acuerdo 597 de 2015, “por el cual se establece el día del cabildante estudiantil, se crea la Mesa Distrital de Cabildante Estudiantil y se dictan otras disposiciones”. Este cargo debe ser ejercido por un estudiante que curse entre los grados sexto (6º) y undécimo (11º) elegido democráticamente por los demás alumnos matriculados para un periodo de dos años. Los cabildantes estudiantiles son elegidos el mismo día que los personeros estudiantiles y su elección será por un periodo de dos años, siempre que los jóvenes conserven su calidad como estudiantes del establecimiento educativo en el que fueron elegidos. No podrán ocupar simultáneamente los cargos de personeros, contralores estudiantiles ni de representantes ante el Consejo Directivo de los establecimientos educativos, como se define en el artículo 5 del Acuerdo. Así mismo, esta norma estipula, en el parágrafo del artículo 6°, que “los cabildantes estudiantiles elegidos que culminen el grado once (11), los que no cumplan con sus funciones y los que renuncien, serán reemplazados por el o la estudiante que ocupó el siguiente lugar en la elección, hasta culminar el periodo”.
Con base en lo expuesto anteriormente, los establecimientos educativos oficiales y privados de la ciudad de Bogotá deberán tener en cuenta las siguientes orientaciones para la conformación de sus respectivos gobiernos escolares y las instancias de participación estudiantil establecidas en las normas nacionales y distritales:
I. Las instancias del gobierno escolar deberán estar constituidas y entrar en el ejercicio de sus funciones dentro de los 60 días calendario siguientes a la fecha de iniciación de clases del presente periodo lectivo.
II. El Consejo Directivo del establecimiento educativo estará integrado por el rector, dos representantes de los docentes, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un representante de los egresados y un representante del sector productivo.
III. Los representantes de los docentes se elegirán por mayoría de los votantes en la respectiva asamblea de docentes.
IV. Los padres, madres o familias serán elegidos por el consejo de padres hasta por dos años consecutivos. Cuando exista asociación de padres constituida por más de la mitad de los padres, madres o familias del establecimiento educativo, esta podrá elegir un representante. El consejo de padres deberá conformarse dentro del primer mes del calendario académico.
V. El o la representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo será un estudiante que esté cursando el último grado ofrecido por el establecimiento educativo, elegido por el Consejo de estudiantes.
VI. El o la representante de los exalumnos será elegido por el Consejo Directivo, a partir de ternas enviadas por las agrupaciones de ellos. En su defecto, éste será quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de estudiantes.
VII. El o la representante del sector productivo será escogido por el Consejo Directivo, a partir de los(as) representantes enviados por las organizaciones. Se recomienda generar estrategias de convocatoria en caso tal que las organizaciones no dispongan de un o una representante de su estamento. Por ello, desde el Consejo Directivo se debe propiciar la participación absoluta de los estamentos que la ley establece teniendo en cuenta la importancia de las diferentes perspectivas para la construcción de la agenda institucional. La promoción de la participación en la escuela es una responsabilidad de los gobiernos escolares, por lo tanto, es prioritaria la convocatoria de todos los sectores dictados por la norma a través de diferentes canales de comunicación. Con el fin de agotar todas las alternativas que estén dispuestas para convocar a delegadas y delegados de todos los sectores, especialmente del productivo, se solicita presentar evidencia de dicha convocatoria como parte del ejercicio responsable al llamado a la participación tal y como se expone en el anexo del protocolo de reporte de gobiernos escolares.
VIII. El rector (a) deberá convocar, con la debida anticipación, a los diferentes estamentos (docentes, consejo de estudiantes, consejo o asociación de padres) para efectuar las elecciones correspondientes.
IX. El Consejo de estudiantes deberá conformarse dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico.
X. Los cargos de representación estudiantil: personeros(as), contralores(as) y cabildantes, estos últimos con vigencias bienales, serán elegidos dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases.
XI. En relación con la gestión documental del proceso de campaña, elección y conformación de las instancias de participación, se deberán generar las actas correspondientes a cada uno de los procesos dentro de los tiempos establecidos por la normatividad vigente mencionado en esta circular. Dicha documentación soportará el proceso realizado y servirá de registro para las Direcciones Locales de Educación quienes posteriormente apoyarán la conformación de las mesas estamentales de participación a nivel local y seguirán el proceso de elección para la constitución de instancias distritales de participación en educación. Para el desarrollo de lo anterior, desde la Secretaría de Educación del Distrito se generó un proceso de unificación de actas de elección y conformación del Consejo Académico y Directivo, los cargos de representación estudiantil y demás instancias de participación con el fin de racionalizar los procesos de reporte de las y los representantes elegidos en cada una de las instituciones, por ello, se recomienda realizar la revisión previa de los siguientes documentos obligatorios para el proceso de elección y conformación: Acta de elección y conformación de cargos de representación estudiantil: Personeros(as), Cabildantes y Contralores(as) Estudiantiles; b) Acta de elección y conformación de Gobiernos Escolares: Consejo Académico y Consejo Directivo y; c) Formato de Registro Democrático Institucional. Los anteriores, serán los únicos documentos válidos para completar el proceso de reporte de elección y conformación de los gobiernos escolares e instancias de participación. (Ver anexo protocolo de reporte y seguimiento a las instancias de participación).
XII. Para el caso de las instituciones educativas de carácter privado (calendario B) los tiempos mencionados en la presente circular deben tenerse en cuenta respecto a lo establecido por la normatividad. Por ejemplo: la conformación del Gobierno Escolar deberá realizarse en un plazo de 60 días calendario desde el inicio de actividades académicas, y las elecciones de los cargos de representación estudiantil, a partir de los 30 días. Con relación a los reportes a las Direcciones Locales, deberá realizarse dentro del mes siguiente a la conformación de las diferentes instancias de participación.
2. Cronograma para elección y conformación de gobiernos escolares, cargos de representación estudiantil y demás instancias de participación.
En concordancia con lo dispuesto por la resolución 2204 del 29 de octubre de 2021 expedida por la Secretaría de Educación del Distrito: “Por medio del cual se establece el Calendario Académico para el año 2022 en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media, y jardines infantiles en el marco del convenio (SED-SDIS) que prestan atención de primera infancia en los grados de pre jardín, y jardín, operados directamente por la Secretaría Distrital de Integración Social, SDIS, incluidos en el sistema de educación oficial de Bogotá D.C.”, se presenta a continuación el cronograma de elección, conformación y reporte de los gobiernos escolares y las instancias de participación de los establecimientos educativos de Bogotá, para dar cumplimiento a los tiempos establecidos por la normatividad vigente.
XIII. Para el caso de los establecimientos educativos privados, se deberán ajustar los plazos dependiendo de los calendarios académicos definidos, de conformidad con lo establecido por las normas distritales y nacionales para la conformación de las instancias de participación.
Una vez elegidas las y los representantes de los gobiernos escolares, instancias de participación, cargos de representación estudiantil y a partir de la conformación de las mesas de trabajo tanto locales como distritales, se recomienda realizar un plan de acción para la construcción colectiva de una agenda de actividades que nazca desde cada uno de los espacios haciendo reconocimiento asertivo de las necesidades, recomendaciones adoptadas a partir de las experiencias de años anteriores y oportunidades de mejora para desarrollar en el presente año. Dichos planes de acción deben constituirse como el primer paso para la creación de una agenda educativa y política gestada desde los diferentes escenarios de participación que den cuenta a lo largo del año, de las prioridades de cada estamento y cargo de representación, además de la materialización de un hilo consecutivo de acciones orientadas a la visibilización y posicionamiento de cada una de las instancias dispuestas.
Así las cosas, la primera sesión deberá estar orientada hacia la recolección de información y aportes de las y los delegados a cada mesa de trabajo -contando con la aprobación de la misma-, liderada por su respectiva secretaría técnica, con el fin de generar un análisis que proyecte la participación general de las instancias, acerca de los puntos en común sobre las necesidades identificadas y sobre su desarrollo para el fortalecimiento de la participación desde la escuela.
Así mismo, en este inicio de sesiones, se motivará el desarrollo de un ejercicio participativo que a partir de las recomendaciones de la ciudadanía propuestas para ser incorporadas en la ruta de política pública en educación para Bogotá en el corto (2024), mediano (2030) y largo plazo (2038) (https://misioneducadores. educacionbogota.edu.co/resultados) derivadas de la consulta liderada por la Misión de educadores y sabiduría ciudadana (año 2020 e inicios de 2021), se realice un espacio de construcción colaborativa en el que, en medio de las diferencias, el diálogo se aproxime a la identificación constructiva, colaborativa y concertada de las recomendaciones que se consideran prioritarias para ser integradas en el documento del Consejo de Política Económica y Social para el Distrito Capital (CONPES D.C) de Política Educativa para Bogotá, con el que el Distrito Capital adoptará una política pública en educación de largo plazo en 2023. Este CONPES tiene como objetivo asegurar que en 2038 la familia, la sociedad y el Estado dispongan en la ciudad de Bogotá las condiciones que garanticen plenamente el derecho a la educación.
Nota: Estos mismos tiempos aplican para los colegios de calendario B, de acuerdo a los tiempos establecidos en sus cronogramas.
3. Acciones para el fortalecimiento de los Gobiernos Escolares.
Con el propósito de aunar esfuerzos que posibiliten potenciar el ejercicio pedagógico y político de los Gobiernos Escolares, se han trazado para el año 2022 distintas acciones que brindan herramientas necesarias para su quehacer en el marco de la implementación de los Proyectos Educativos Institucionales- (PEI). Por ello, para su fortalecimiento e incidencia en la promoción de la cultura política en la escuela, desde la Secretaría de Educación del Distrito se ha adoptado el compromiso permanente de generar alianzas orientadas al desarrollo integral de las capacidades en materia de participación desde los roles desempeñados al interior de las instituciones educativas y se ponen a disposición para que sean reconocidas, apropiadas e incorporadas por sus comunidades.
3.1. Semilleros de participación y nuevos liderazgos: Una de las estrategias que se gestan actualmente, es el ejercicio desarrollado desde los Semilleros de Participación y Nuevos Liderazgos orientados al fortalecimiento de las capacidades socioemocionales en estudiantes de los ciclos 3 y 4, docentes y docentes orientadores(as) para promover una participación activa, objetiva e integral que responda a las necesidades previamente identificadas que pueden ir desde lo institucional hasta lo comunitario y que tienen incidencia directa en el desarrollo de las y los miembros de la comunidad educativa. Estos escenarios de participación tienen como principal objetivo la vinculación de nuevos agentes de cambio que trasciendan el modelo democrático regular y que se conviertan, desde sus propias particularidades, en actores clave para la identificación de situaciones de interés colectivo y de liderazgos gestados desde la escuela para el ejercicio asertivo de la ciudadanía.
En el año 2021 se desarrolló la estrategia de semilleros de participación en 71 colegios del distrito contando con la participación de estudiantes y docentes que a través de sesiones tanto presenciales como virtuales, identificaron situaciones de interés colectivo, generaron espacios de diálogo intergeneracional y horizontal, analizaron su papel dentro de la escuela, apropiaron las diversas alternativas que tiene la participación más allá de los canales tradicionales y potenciaron sus capacidades para generar impactos en diferentes niveles tanto individuales como comunitarios. Para el año 2022 se tienen habilitados 30 cupos para colegios oficiales que deseen vincular a sus estudiantes y docentes en el ejercicio de la participación activa, lectura de necesidades y potenciación de habilidades; instituciones interesadas en brindar herramientas a su cuerpo colegial en autonomía, reconocimiento y capacidad de agencia, por lo tanto, se extiende la invitación a comunicarse con el Sistema de Participación de la DPRI sistemadeparticipacion@educacionbogota.edu.co y recibir más información sobre inscripción y desarrollo del proceso de formación que tendrá lugar en los meses de febrero y marzo.
3.2. Campamentos de política pública educativa: Asimismo, se encuentran los Campamentos de Política Pública Educativa que se configuran como un espacio interestamental de participación gestada para la construcción y recomendación de política educativa. Dicha estrategia busca que, a través de encuentros intergeneracionales en los que se pretende vincular a representantes de todos los sectores con sus particularidades y lecturas de la cultura política en la escuela, se afiance el compromiso con la educación a través de la materialización de propuestas, diálogos y acciones para el fortalecimiento permanente de la participación activa de la ciudadanía.
Estas estrategias estarán respaldadas por el desarrollo del Encuentro Distrital de Gobiernos Escolares el cual propone generar un ejercicio de fortalecimiento y balance de las acciones realizadas en los Semilleros de Participación y Nuevos Liderazgos y en los Campamentos de Política Pública Educativa con los aportes de los y las participantes, oportunidades de mejora e invitación a la trascendencia de estos escenarios a la normalidad escolar y sus procesos participativos autónomos.
3.3. Voto estudiantil: Buscando fortalecer y desarrollar las capacidades ciudadanas de las y los jóvenes de las comunidades educativas necesarias en el ejercicio de una ciudadanía global, se implementará un proceso de formación que culmina en una simulación del proceso electoral, paralela a las elecciones presidenciales de la República de Colombia 2022, en donde estudiantes de los últimos ciclos votarán por candidatos(as) reales.
Para el desarrollo de esta iniciativa denominada “Voto estudiantil”, previo al día de la simulación, en el marco del proyecto se formarán docentes de las instituciones educativas de Bogotá en los campamentos de la democracia, los cuales contarán con herramientas y materiales pedagógicos para que sean ellas y ellos quienes repliquen el ejercicio, liderando los procesos con sus colegas y estudiantes.
Los procesos de formación permitirán que las y los estudiantes experimenten, de primera mano, la participación democrática, la cultura ciudadana, la política, el funcionamiento de los diferentes niveles del gobierno, así como el rol del periodismo en la democracia, las propuestas de los candidatos, el proceso electoral, las necesidades de su comunidad y el análisis consciente y riguroso de la información. Lo anterior resulta clave para las comunidades educativas de cara a los procesos de campaña, elección, conformación y reporte de las instancias de participación, siendo este un ejercicio pedagógico con miras a fortalecer capacidades ciudadanas y socioemocionales para el ejercicio de la ciudadanía y la participación escolar.
Las inscripciones se realizarán de manera voluntaria para aquellas instituciones educativas oficiales y privadas que deseen sumarse a esta experiencia pedagógica, se podrán encontrar en el siguiente enlace: https://hola763636.typeform.com/socializacionVE
Nota: Los cupos son limitados, por lo cual se elegirán los primeros en diligenciar el formulario de inscripción.
3.4. Formación a los cargos de representación estudiantil: Personeras(os), cabildantes estudiantiles y contralores(as). En alianza con la Personería de Bogotá, Contraloría de Bogotá y Veeduría Distrital se continuarán desarrollando procesos formativos que, potencien el rol y quehacer de las y los estudiantes en cargos de representación estudiantil y como oportunidad para fortalecer y visibilizar la democracia juvenil participativa en los establecimientos educativos.
En este sentido, serán espacios enfocados a: (i) reconocer el sentido y propósito de su rol, (ii) acompañar su liderazgo en la definición y materialización de propuestas y proyectos que incidan en el bien común y (iii) fortalecer mediante diálogos de saberes sus experiencias, conocimientos, saberes y sentires en el cargo.
Particularmente, en el marco de la articulación con la Personería de Bogotá, conscientes de la importancia de generar espacios de formación para las y los estudiantes aspirantes a cargos de representación estudiantil, ha dispuesto jornadas de sensibilización por localidad, en horarios alternos con el ánimo de poder llegar a la mayor cantidad de estudiantes interesados en conocer más sobre el cargo de personeros(as) estudiantiles.
Estas sesiones se llevarán a cabo de manera presencial y se brindarán las herramientas necesarias para el ejercicio del cargo, lo cual, a su vez, fortalecerá el empoderamiento y liderazgo de las y los estudiantes en los procesos participativos de la comunidad educativa. Se relaciona en el anexo Cronograma Sensibilización 2022 - Personería de Bogotá, el calendario de sesiones programadas por localidad.
Así las cosas, les invitamos a promover la participación de las y los estudiantes que desempeñan los cargos de representación estudiantil en los procesos que serán ofertados para cada semestre del año.
3.5. Actualización del botón de participación del Sistema de Apoyo Escolar: En aras de favorecer los procesos de conformación, elección y reporte de las instituciones educativas se ha actualizado del botón de Participación del Sistema de Apoyo Escolar de la mano con la Oficina Administrativa de RedP. Por ello, se invita a los establecimientos educativos a utilizarla para favorecer los procesos organizativos y de reporte con relación a los Gobiernos Escolares al ser un aplicativo que facilita este ejercicio.
3.6. Material pedagógico: Se cuenta con guías que se constituyen en material pedagógico que pretende entregar insumos a las comunidades educativas para promover conjuntamente los procesos de participación en los Gobiernos Escolares, en estas se busca reflexionar, investigar, debatir y reconocer acciones, conocimientos y saberes frente al ejercicio y fortalecimiento de los Gobiernos Escolares.
3.7. Webinar y programas radiales: Reconocer e incorporar las buenas prácticas que se abordan en los Gobiernos Escolares es un asunto de quienes hacemos parte de las comunidades educativas, por esto buscando compartir las experiencias gestadas al interior de estas y tejer en comunidad, se continuarán desarrollando diálogos de saberes y programas radiales sobre los gobiernos escolares donde sus integrantes sean protagonistas de estos. Les invitamos a promover la participación de sus establecimientos en estos espacios que serán programados de manera semestral.
3.8. Acompañamiento y asesorías a los establecimientos educativos: Los establecimientos Educativos y las Direcciones Locales de Educación cuentan con un acompañamiento permanente para resolver inquietudes frente al proceso de conformación, elección, reporte, formación y funcionamiento de los Gobiernos Escolares y mesas estamentales. Para esto se mantienen canales de diálogo y acompañamiento presencial y virtual (llamadas telefónicas, correos electrónicos y WhatsApp) que permitan resolver dudas y favorecer el proceso democrático participativo.
Para cada uno de los procesos descritos anteriormente, se extiende la invitación a comunicarse con el Sistema de Participación de la DPRI sistemadeparticipacion@educacionbogota.edu.co frente a cualquier inquietud o en caso de requerir información adicional y/o acompañamiento.
3.9. Formulación de Súper Ideas (Programa Niñas y Niños Educan a los adultos): Desde el Programa Niñas y Niños Educan a los Adultos, entendiendo que las propuestas e ideas presentadas por los candidatos a personeros(as) y/o representantes estudiantiles son de gran potencial para la transformación de diversas dinámicas de las comunidades educativas, se sugiere promover la conformación de un grupo de niñas y niños con aquellos candidatos(as) que no hayan sido seleccionados de los grados de 1° a 7°, para que de manera conjunta, formulen y presenten una Súper Idea de transformación en el marco de la convocatoria propuesta para el año 2022. A partir del proceso de valoración, se elegirán diez (10) de ellas, las cuales serán acompañadas desde el Programa en la presente vigencia.
En el campo “estudiante” del formulario para el diligenciamiento del cuento, se encontrará la pregunta: ¿Fuiste candidato(a) para ser representante de curso o personero(a) de tu colegio?, la cual dará la pauta para conocer que la propuesta fue construida por dicho grupo de estudiantes.
En el siguiente enlace se encuentran los términos de referencia para la inscripción: https://educacionbogota.edu.co/portal_institucional/noticia/abierta-convocatoria-para-que-las-ninasy-los-ninos-conviertan-cuentos-en-super-ideas.
En caso de tener alguna inquietud o requerir acompañamiento para la inscripción, se podrán comunicar a la línea telefónica 300 2047861 o al correo electrónico: superideasdecampoyciudad@educacionbogota.edu.co Así las cosas, se invita a promover la inscripción al interior de las instituciones educativas de las niñas y niños en este proceso, al considerar que esta es una maravillosa oportunidad para que sus voces y potentes ideas se tengan en cuenta y puedan liderar procesos de transformación cultural en los entornos familiares, escolares, comunitarios y ciudadanos. Sus intereses, emociones y motivaciones podrán ser expresadas en iniciativas que promuevan diálogos, toma de decisiones e intercambio de saberes con otras niñas, niños y adultos. Las iniciativas son una experiencia que les permite desarrollar capacidades, narrar sus propias historias, crear y fortalecer saberes a través del juego y así redescubrir, transformar y recrear la realidad para elegir lo que desean ser y hacer.
3.10. Formulación de iniciativas ciudadanas de transformación de realidades- INCITAR para la Paz: Con el propósito de potenciar el rol y ejercicio de las y los estudiantes en los Gobiernos Escolares se dará apertura desde la estrategia INCITAR para la PAZ para que se formulen e inscriban iniciativas ciudadanas que promueven su empoderamiento y movilización para la transformación de realidades en la construcción de escuelas como territorios de paz.
Las iniciativas partirán de sus intereses, ideas y necesidades para ser acompañadas pedagógicamente hacia la generación de oportunidades de aprendizaje en espacios como: (i) las comunidades de aprendizaje y práctica para el intercambio de experiencias y la conformación de redes que para su organización y profundización se desarrollarán a partir de siete (7) líneas temáticas fundamentales: Sentido de la vida con el planeta (ODS 6, 13 y 15); Niñas y mujeres empoderadas y transformadoras (ODS 5); Arte y cultura para la convivencia (ODS 4); Construir desde la diferencia (ODS 10); Comunicación para el cambio social (ODS 16); Otra manera de sentir, pensar, actuar y relacionarnos (ODS 3); y Reapertura a la presencialidad (ODS 4), (ii) los laboratorios creativos de participación que se constituyen en espacios de encuentro que tienen como objetivo fortalecer procesos transversales y relevantes para el desarrollo y sostenibilidad de las iniciativas de transformación de realidades y (iii) la escuela de empoderamiento de niñas y mujeres que permita reflexionar y actuar de manera permanente desde la incorporación del enfoque de género en las iniciativas.
Finalmente, les invitamos a promover la inscripción al interior de las instituciones educativas de las y los estudiantes pertenecientes a los gobiernos escolares en este proceso, al considerar que esta es una oportunidad para que sus voces y potentes ideas se tengan en cuenta y puedan liderar procesos de transformación cultural en los entornos familiares, escolares, comunitarios y ciudadanos. Les invitamos a estar atentas y atentos a la convocatoria que se realizará posterior a la conformación de los Gobiernos Escolares.
En caso de tener alguna inquietud o requerir acompañamiento para la inscripción, se podrán comunicar al correo electrónico: incitarpaz@educacionbogota.gov.co Por otro lado, teniendo en cuenta que en algunos establecimientos educativos de la ciudad se ha venido realizando la elección de Personeros(as) Estudiantiles en la básica primaria, se sugiere promover su convocatoria, elección e incidencia en las decisiones que se toman en el marco del ejercicio de los gobiernos escolares, así como de las y los representantes estudiantiles como parte del fortalecimiento de la participación de niñas y niños, reconociéndoles como agentes de cambio con ideas, propuestas y acciones para la transformación de prácticas al interior de las escuelas, siendo promotores(as) de cambios culturales.
A su vez, posterior a la conformación de los gobiernos escolares en los establecimientos educativos oficiales y privados, se invita a las Direcciones Locales de Educación y a los(as) rectores(as) a construir acuerdos conjuntos para continuar fortaleciendo y potenciando la participación de todos los integrantes de las comunidades educativas trascendiendo el ámbito institucional, siendo portavoces de los intereses y necesidades de los colegios tanto a nivel institucional como local.
Finalmente, se invita a ser partícipes de las acciones que desde la SED se desarrollarán para mantener activas todas las instancias de participación con las que cuenta la comunidad educativa en la ciudad a través del diálogo, la empatía y la corresponsabilidad.
Si tienen preguntas, comentarios, o desean ampliar la información y recibir asesoría sobre cómo desarrollar estos procesos en sus establecimientos educativos, por favor comuníquense al siguiente correo electrónico: sistemadeparticipacion@educacionbogota.edu.co
Con toda atención,
DEIDAMIA GARCÍA QUINTERO
Subsecretaria de Integración Interinstitucional
Secretaría de Educación del Distrito
NOTA: Ver Anexo. |