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DECRETO LOCAL 02 DE 2022
(Marzo 23)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo 9° del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, el alcalde Local de Chapinero mediante Memorando No. 20225220003593 del 15 de marzo de 2022 solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel O2320202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing”
CONTRACRÉDITOS O0212 Adquisición de bienes y servicios
En el rubro O212020200701030571355 Servicios seguros generales de responsabilidad civil, inicialmente se presupuestaron para cubrir las pólizas correspondientes a la vigencia 2022 – 2023 y una adición para la póliza de responsabilidad civil Servidores Públicos, las cuales una vez se realiza el estudio de mercado por parte de la compañía intermediaria de seguros – JARGU-, se hace evidente la necesidad de realizar un traslado presupuestal interno para cubrir la totalidad de las pólizas de la entidad para la vigencia 2022 – 2023. Por lo anterior se hace necesario disminuir el rubro en $12.344.000,oo
CRÉDITOS
O0212 Adquisición de bienes y servicios
Para la vigencia 2022 en el rubro O21202020070103010271311 Servicios de seguros vida individual, se tiene una apropiación vigente por $2.473.000,oo, los cuales se presupuestaron inicialmente para contratar el seguro de vida de los ediles de acuerdo a los precios que se venían manejando en las pólizas de los años anteriores, una vez revisada la cotización para la adquisición de los seguros de la vigencia 2022 – 2023 se hace necesario realizar una adición al contrato 00000 del año 2021 por un valor de $255.279,oo para equiparar las fechas de vencimiento de los seguros a abril 30 de 2022 y el valor total cotizado por JARGU para el seguro de vida individual (ediles) por el periodo de un año fue de $6.153.000,oo. Por lo anterior se hace necesario incrementar el rubro presupuestal por valor de $3.936.000,oo
Para la vigencia 2022 en el rubro O212020200701030571351 -Servicios seguros de vehículos automotores, se tiene una apropiación vigente por valor de $12.628.000,oo los cuales se presupuestaron para contratar el plan de seguros de la alcaldía local por un año. Pero luego de revisar el estudio de mercado presentado por la compañía de seguros JARGU se requiere aumentar el valor teniendo en cuenta que el incremento ha sido sustancial de un año a otro. Por lo anterior se hace necesario incrementar el rubro presupuestal por valor de $6.735.000,oo
Para la vigencia 2022 en el rubro O212020200701030571354 - Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, se tiene una apropiación vigente de $15.397.000.oo, los cuales se presupuestaron para contratar el plan de seguros de la alcaldía local por un año. Pero luego de revisar el estudio de mercado presentado por la compañía deseguros JARGU se requiere aumentar el valor teniendo en cuenta que el incremento ha sido sustancial de un año a otro. Por lo anterior se hace necesario incrementar el rubro presupuestal por valor de $1.673.000,oo
En mérito de lo expuesto, DECRETA:
Artículo 1. Efectúese el siguiente contracrédito al Pesupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de marzo del año 2022.
ÓSCAR YESID RAMOS CALDERÓN
Alcalde Local de Chapinero |
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