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Decreto Local 006 de 2022 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
04/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/05/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7429 del 10 de mayo de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2022

 

(Mayo 04)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

 

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Santa Fe en la vigencia fiscal 2022.

 

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda “Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que el Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local según la Resolución No. SDH 191 del 22 de septiembre de 2017 en su punto 3.9.1. dice: “TRASLADOS PRESUPUESTALES: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales.” Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – para los casos de Funcionamiento.

 

Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de funcionamiento en cuantía de NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE ($9.000.000) a fin de contar con los recursos para los rubros presupuestales de funcionamiento que lo requieren y así continuar con el normal funcionamiento de la Administración Local.

 

Que mediante oficio No. 2022EE118867O1 del 04 de mayo de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de funcionamiento vigencia 2022, por valor de NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE ($9.000.000), para el rubro O21202020070272212 “Servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato”.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle:


 

0003-01-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTAFE

 

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MCT

O2

Gastos

 $      9.000.000

O21

Funcionamiento

 $      9.000.000

O211

Gastos de personal

 $      9.000.000

O21101

Planta de personal permanente

 $      9.000.000

O2110103

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

 $      9.000.000

O2110103007

Honorarios Ediles

 $      9.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

 $      9.000.000


Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle:

 

 

0003-01-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTAFE

 

 

CRÉDITOS

 

CODIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MCT

O2

Gastos

$      9.000.000

O21

Funcionamiento

$      9.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

$      9.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$      9.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

$      9.000.000

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, inmobiliarios y servicios de leasing

$      9.000.000

O212020200702

Servicios inmobiliarios

$      9.000.000

O21202020070272212

Servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato

$      9.000.000

 

TOTAL CRÉDITO

$      9.000.000

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de mayo del año 2022.

 

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

 

Alcalde Local De Santafe (E)