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DECRETO LOCAL 010 DE 2022
(Mayo 05)
Por el cual se liquida una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2022
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31, numeral 2, literal c del Decreto N° 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L” dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: “Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.
Que según el artículo 37 del Decreto 372 de 2010, establece que “El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos”.
Que “El excedente financiero de los F.D.L. se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia, por parte del CONFIS.”, artículo 38 del Decreto 372 de 2010.
Que el CONFIS emitió la Circular No. 02 del 01 de marzo de 2022 en la que comunica a los Fondos de Desarrollo Local la distribución de los excedentes financieros correspondientes al cierre de la vigencia 2021, asignando a la localidad de Puente Aranda el monto de MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($1.806.662.253) M/CTE.
Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante comunicación N.º 2-2022-24598 del 16 de marzo de 2022, emitió “concepto favorable sobre la asignación de los excedentes financieros de la localidad de Puente Aranda, en tanto cumple con los requisitos expedidos por el CONFIS para tal fin y con esta adición se aporte en el cumplimiento óptimo de las metas de los respectivos proyectos de inversión de las de Desarrollo Local”.
Que el Alcalde Local presentó para estudio y aprobación de la JAL, el proyecto “Por el cual se efectúa una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2022”.
Que la Junta Administradora Local de Puente Aranda, remitió el Acuerdo Local N° 011 del 28 de abril de 2022 debidamente aprobado.
Que el Alcalde Local de Puente Aranda, sancionó el Acuerdo Local N° 011 de 2022 el día 29 de abril de 2022.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto
DECRETA:
Artículo 1 Efectúese una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2022, por valor de MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($1.806.662.253) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 2 Efectúese una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia 2022, por valor de MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($1.806.662.253) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 2º.(sic) – Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
Artículo 3º. - Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4º. - Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los seis (sic) (5) días del mes de mayo del año 2022.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda |
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