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Decreto Local 012 de 2022 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
21/07/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7486 del 25 de julio de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2022

 

(Julio 21)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto

192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre las Modificaciones Presupuestales:

 

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación” (…).

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 2 de junio de 2021, determina las “Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación”.

 

Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal en el proceso de seguimiento y depuración de las Obligaciones por Pagar se ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según Acta de Liberación de Saldos No. 3 y 4 del 10 y 13 de junio de 2022, por un valor total de $41.181.095, de los rubros presupuestales de Gastos de Funcionamiento, así: OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO: “O219001 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” el valor de $3.403.328 y el “O219002 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias” por la suma de $37.777.767.

 

Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2022, con corte al 31 de mayo, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con saldos disponibles, así: “O2120201003023212801 - Papel bond” por valor de $4.015.840, “O2120201003053544203 - Mezclas químicas para extintores” por la suma de $4.707.170, “O219001 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” el valor de $3.403.328 y el “O219002 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias” por la suma de $37.777.767, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos ascienden a un valor total de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE.

 

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal en los siguientes rubros presupuestales “O21202020080686312 - Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)” por valor de $30.766.780, “O21202020080686330 - Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por la suma de $2.824.959, y “O21202020090494110 - Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales” por la suma de $3.352.640, de acuerdo a la proyección realizada estos servicios públicos se encuentran deficitarios para asumir los compromisos hasta finalizar la presente vigencia.

 

Al igual que los rubros “O21202020060363399 - Otros servicios de suministro de comidas” por un valor de $8.793.056, para realizar una adición a la orden de compra 86602 de 2022, con el fin cubrir el servicio de aseo y cafetería durante toda la vigencia 2022, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 22 de noviembre de 2022, “O21202020080282130 - Servicios de documentación y certificación jurídica” por la suma de $666.670, debido al proceso que se está llevando a cabo por parte de la Secretaría de Distrital Gobierno, con todos los Fondos de Desarrollo Local -FDL, donde se está consolidando un lote de vehículos para chatarrizar, que, fueron comprados por los Fondos y entregados en calidad de transferencias definitivas a otras entidades como las sub redes y Fondo de vigilancia y seguridad, que hoy día es la Secretaría de Seguridad, convivencia y justicia, entre otras entidades y que a la fecha en su titularidad de las tarjetas de propiedad no aparecen las entidades en mención, si no que aparecen como propietarios los FDL, para llevar a cabo la chatarrización de estos bienes, se debe realizar un pago a la DIJIN, que corresponde a la certificación técnica en identificación de automotores siendo este un valor de dos (2) días de SMLV que corresponde a $66.667 por cada vehículo, por lo antes descrito, se solicitará el pago de este certificado técnico a la DIJIN, para un total de diez (10) vehículos, de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con el fin de chatarrizar y contribuir a la depuración del parque automotor, ““O2120202008078715701 - Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores” por valor de $3.500.000, con el fin de realizar la contratación del servicio de mantenimiento del ascensor para la vigencia 2022, toda vez que según el estudio de mercados realizado, este tiene un valor anual de $10.000.000 y el rubro solo cuenta con una disponibilidad de $6.500.00, se encuentra deficitario para asumir el compromiso en la presente vigencia, es así como se acreditará o adicionará este rubro por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE.

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores rubros, requiere la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE.

 

Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20226020588931 del 05 de julio de 2022 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2022.

 

Que mediante Oficio No. 2022EE326152O1 del 19 de julio de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2022, por valor de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

O2

GASTOS

49.904.105

O21

FUNCIONAMIENTO

49.904.105

O212

Adquisición de bienes y servicios

8.723.010

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

8.723.010

O2120201

Materiales y suministros

8.723.010

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

8.723.010

O212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

4.015.840

O2120201003023212801

Papel bond

4.015.840

O212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

4.707.170

O2120201003053544203

Mezclas químicas para extintores

4.707.170

O2190

OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO

41.181.095

CÓDIGO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

O219001

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior

3.403.328

O219002

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias

37.777.767

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

49.904.105

 

Artículo 2. Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CRÉDITOS

O2

GASTOS

49.904.105

O21

FUNCIONAMIENTO

49.904.105

O212

Adquisición de bienes y servicios

49.904.105

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

49.904.105

O2120202

Adquisición de servicios

49.904.105

O2120202006

Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

8.793.056

O212020200603

Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas

8.793.056

O21202020060363399

Otros servicios de suministro de comidas

8.793.056

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

37.758.409

O212020200802

Servicios jurídicos y contables

666.670

O21202020080282130

Servicios de documentación y certificación jurídica

666.670

O212020200806

Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos

33.591.739

O21202020080686312

Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)

30.766.780

O21202020080686330

Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)

2.824.959

O212020200807

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

3.500.000

O2120202008078715701

Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores

3.500.000

O2120202009

Servicios para la comunidad, sociales y personales

3.352.640

O212020200904

Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental

3.352.640

O21202020090494110

Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales

3.352.640

TOTAL CRÉDITOS

49.904.105

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio del año 2022.

 

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá