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Decreto Local 011 de 2022 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
19/07/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7486 del 25 de julio de 2022
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 011 DE 2022

 

(Julio 19)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.

 

Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que existen saldos de apropiación disponibles en gastos de funcionamiento del rubro O2120201003033331101Gasolina motor corriente” por valor de $5.000.000, teniendo en cuenta que se firmó contrato de suministro No. 181 de 2022 con la empresa Distracom con el objeto de “Contratar el suministro de combustible para los vehículos que el parque automotor, motobombas y plantas eléctricas…” por valor de $12.000.000 que cubre las necesidades de suministro de combustibles para la presente vigencia y del rubro O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” por valor de $16.240.000 teniendo en cuenta que se firmó contrato de prestación de servicios No. 184 con la empresa ADPORT LTDA, con objeto de “Prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada en la modalidad de vigilancia fija con arma y medios tecnológicos para las instalaciones donde funciona la sede Administrativa de la Alcaldía Local de Teusaquillo, la Junta Administradora Local, casa de la participación y sede en construcción…”; por valor de $ 326066360, con lo cual se prestarán el servicio de vigilancia y seguridad para la presente vigencia. Dichos saldos pueden ser utilizados para fortalecer rubros necesarios para el desarrollo de la gestión institucional.

 

Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados a los rubros de O2120201004024299991 Artículos N.C.P. de ferretería y cerrajería por valor de cinco millones de pesos ($5.000.000) y O21202020080585330Servicios de limpieza general” por valor de dieciséis millones doscientos cuarenta mil pesos ($16.240.000) dichas adiciones le permitirán a la Administración local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

 

CRÉDITOS

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de julio del año 2022.

 

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)


NOTA: Ver anexos.