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DECRETO LOCAL 001 DE 2023
(Febrero de 2023)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, a saber: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que existe un saldo de apropiación disponible en los rubros de gastos de funcionamiento O21202020070103010271311 “Seguros de vida individual” por valor de $7.585.831; O212020200701030471347 “Servicio de seguro obligatorio de SOAT” por valor de $676.228; O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” por valor de $12.857.125; los cuales pueden ser utilizados para fortalecer rubros necesarios para el desarrollo de la gestión institucional.
Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados a los rubros O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos” por valor de $2.203.651, y O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” por valor de $18.915.533, dichas adiciones le permitirán a la Administración Local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad, amparando los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de febrero del año 2023.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E) |
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