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Decreto Local 004 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
21/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/03/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7687 del 31 de marzo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2023

 

(Marzo 21)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2023

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que, el Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo 10, establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)".

 

Que, mediante Decreto Local No. 14 de diciembre de 2022 “Por el cual se liquida el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023”, fijó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

 

Que, al cierre de la vigencia 2022 las Obligaciones por Pagar de funcionamiento, presentaron un valor de TRECIENTOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS ($320.779.281) M/CTE, cifra mayor a la constituida en el presupuesto para la vigencia 2022, la cual quedó aprobada por valor de TRESCIENTOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHENTA Y DOS PESOS ($320.761.082) M/CTE.

 

Que al cierre de la vigencia 2022 el FDL de Antonio Nariño constituyó en obligaciones de funcionamiento de la vigencia anterior en el rubro O219001 por valor de $261.823.213.

 

Que dentro del rubro mencionado se constituyó la obligación por pagar del rubro O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. por valor de $ 6.128.899 al finalizar la vigencia, con el fin de girar en enero el valor correspondiente a los aportes de salud del mes de diciembre 2022.

 

Que al momento de aprobación del PAC para la vigencia 2023 (el 19 de enero de 2023) ya se habían generado intereses de mora del valor proyectado para realizar el pago con el operador “Mi Planilla” por valor de $18.199.

 

Que con el fin de cumplir con dicho compromiso se afectó presupuestalmente el valor faltante de otras obligaciones por pagar de funcionamiento que conforman el rubro O219001 para 2023 y no con cargo a la vigencia 2023.

 

Que con el fin de componer las obligaciones por pagar de funcionamiento para efectuar el ajuste del cierre presupuestal de la vigencia 2022 y en concordancia con lo comunicado por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda con oficio 2023EE031202O1, se requiere realizar el traslado presupuestal de contra crédito del rubro O212020200701030471349 por valor de $18.199, para cubrir el crédito del rubro O219001 por un valor de $18.199, para poder continuar con el trámite de ajuste de obligaciones por pagar del FDL.

 

Que, la Administración Local requiere formalizar el traslado presupuestal de DIEZ OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS ($18.199) M/CTE, al rubro No. O219001 “Obligaciones por pagar Vigencia anteriores”.

 

Que mediante oficio No. 2023EE080627O1 del 21 de marzo de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Funcionamiento de la vigencia 2023, por valor de DIEZ OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS ($18.199).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de marzo del año 2023.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local de Antonio Nariño