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DECRETO LOCAL 008 DE 2023
(Mayo de 02)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - FDL - y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:
Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.
Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).
Que el mismo numeral establece: “Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”.
Que, a finales del año 2022, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2023, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.
Que, teniendo en cuenta lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2023, requiere realizar un traslado presupuestal, así:
1. Se requiere adicionar el rubro para el pago de los honorarios de los ediles y edilesas de la localidad, de tal forma que se pueda garantizar el pago en la vigencia actual. Lo anterior dado a que, en el mes de febrero de 2023, se realizó el incremento legal del salario del Alcalde Local en un del 13,62% valor que incide en la misma proporción en los honorarios de los ediles, de acuerdo con lo establecido, superando la proyección de la asignación de gastos de funcionamiento comunicada a nuestra entidad por la Secretaría Distrital de Hacienda en noviembre 2022 con radicado 20225121067111 que correspondía al 10%.
En febrero del presente se generó el CDP No. 1098 del 1 de febrero de 2023 por valor de $1.189.776.000 para los honorarios de los ediles y el cálculo de la mensualidad por 12 meses equivalen a $1.228.930.032 generando un faltante de $39.154.032 en el rubro O2110103007 Honorarios Ediles.
2. De igual forma, con la proyección de los honorarios de los ediles se realizó la proyección de pago de la salud de los ediles y edilesas de la localidad, ante la diferencia del incremento de los honorarios también se deben incrementar los recursos asignados a la salud de los ediles, la cual cuanta con el CDP No. 1099 del 1 de febrero de 2023, el pago de la salud por 12 meses equivalen a $153.621.600 generando un faltante de $ 4.893.600 en el rubro O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p.
3. Por otra parte, la Alcaldía Local requiere adelantar el proceso para la contratación de la póliza de manejo globa que ampara los bienes muebles e inmuebles de la entidad que permiten el funcionamiento y la misionalidad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, con el fin proteger a la entidad contra los riesgos que impliquen menoscabo de fondos y bienes causados por sus servidores públicos para lo cual se requiere realizar un traslado por valor de $4.013.956 en el rubro O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción.
Que, el presente traslado incorpora recursos a la vigencia actual, que se descontarán de recursos de obligaciones por pagar liberados en el acta de anulación uno (1) descrita en la justificación del traslado por valor de $48.061.588.
En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y OCHO MILLONES SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($48.061.588).
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los 02 días del mes de mayo del año de 2023.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén
NOTA: Ver Anexos. |