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DECRETO LOCAL 008 DE 2023
(Abril 14)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023.
Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($9.689.489) M/CTE, al rubro presupuestal 0212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores”, recursos necesarios para garantizar la contratación de los seguros que amparen de cualquier riesgo a los vehículos propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al estudio de mercado generado con las tasas de referencia para la vigencia fiscal 2023:
Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda para los rubros presupuestales O212020200701030471347 “Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT”, O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”, O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”, proyectó la no ejecución presupuestal de recursos; razón por la cual, la Administración Local considera conveniente un traslado presupuestal para financiar la apropiación de otros rubros, en los siguientes montos:
Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($9.689.489) M/CTE.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de abril del año 2023.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda |
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