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Decreto Local 012 de 2023 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
23/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/06/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7748 del 27 de junio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2023

 

(Junio 23)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL- y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos decontrol, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…).

 

Que, a finales del año 2022, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2023, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.

 

Que, una vez realizado la estructuración de los documentos para la contratación del servicio de seguros de la entidad, el cual tendrá como objeto “contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad del fondo de desarrollo local de Usaquén, que estén bajo su responsabilidad y custodia, y aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad y cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su objeto social”, el cual permita tener amparados los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, que estén bajo su responsabilidad y custodia y aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad y cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.

 

En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 40.985.477).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITO

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

 

O2

GASTOS

$ 40.985.477

 

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 40.985.477

 

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 40.985.477

 

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 40.985.477

 

O2120202

Adquisición de servicios

$ 40.985.477

 

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de

leasing

$ 7.472.271

 

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$ 7.472.271

 

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de

seguridad social de afiliación obligatoria)

$ 7.472.271

 

O2120202007010304

Servicios de seguros de salud y de accidentes

$ 263.000

 

O212020200701030471347

Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)

$ 263.000

 

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios

de reaseguro)

$ 7.209.271

O212020200701030571359

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

$ 7.209.271

 

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 33.513.206

 

O212020200805

Servicios de soporte

$ 33.513.206

 

O21202020080585250

Servicios de protección (guardas de seguridad)

$ 33.513.206

 

TOTALES

$ 40.985.477

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITO

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

 

O2

GASTOS

$ 40.985.477

 

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 40.985.477

 

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 40.985.477

 

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 40.985.477

 

O2120202

Adquisición de servicios

$ 40.985.477

 

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios

de leasing

$ 40.985.477

 

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$ 40.985.477

 

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de

seguridad social de afiliación obligatoria)

$ 40.985.477

 

O2120202007010301

Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

$ 1.686.545

 

O212020200701030102

Ediles

$ 1.686.545

O21202020070103010271311

Servicios de seguros de vida individual

$ 1.686.545

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los

servicios de reaseguro)

$ 39.298.932

 

O212020200701030571351

Servicios de seguros de vehículos automotores

$ 1.421.663

 

O212020200701030571354

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

$ 12.192.209

 

O212020200701030571355

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

$ 25.685.060

 

TOTALES

$ 40.985.477

 

Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de junio del año 2023.

 

JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES

 

Alcalde Local Usaquén