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DECRETO LOCAL 004 DE 2023
(Mayo 17)
Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, de conformidad con el Acuerdo Local N° 001 de 2023 aprobado por la Junta Administradora Local el 12 de mayo de 2023.
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo 10 de Decreto 192 de 2021.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.DL.,” sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el proyecto de acuerdo respectivo a la JAL.
Que, según el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones.
2. Créditos adicionales: Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los F.D.L. se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias:
a) Incremento estimado de los recursos propios: Cuando el recaudo real de los ingresos propios de las localidades supere el monto presupuestado, se podrá adicionar el excedente mediante Acuerdo de la JAL con previo concepto favorable del CONFIS. Con posterioridad a la expedición y sanción del Acuerdo de Adición expedido por la JAL, el Alcalde Local hará mediante Decreto la distribución por programas y proyectos de los recursos adicionados. b) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023 y de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 73° del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 37° y 38° del Decreto Distrital 372 de 2010, determinó un monto de excedentes financieros como resultado del cierre presupuestal y financiero a 31 de diciembre de 2022 por valor de $42.641.886.090 para los 20 Fondos de Desarrollo Local (FDL).
El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió la Circular No. 04 de 2023 en la que comunica a las Alcaldías Locales la distribución de los excedentes financieros correspondientes al cierre de la vigencia 2022, asignando a la localidad de Tunjuelito el monto de $4.559.600.000.
Que La Secretaría Distrital de Planeación emitió el Concepto previo favorable sobre modificación a la inversión, incorporación de excedentes financieros, mediante radicado de la SDP 2-2023-38475 del 17 de abril de 2023.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 31° del Decreto Distrital 372 de 2010 emitió concepto favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321.
El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS expidió la circular No. 05 de 2023, en la cual se permite dar a conocer los recursos a adicionar provenientes de la liberación del saldo no ejecutado en el convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012. La distribución de los recursos por Fondo de Desarrollo Local se estableció con base en el balance financiero provisional de dicho convenio, específicamente para el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito la adición asciende a la suma de $3.596.762.443.
Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió el Concepto previo favorable sobre modificación a la inversión, adición al presupuesto, mediante radicado de la SDP 2-2023-32327 del 30 de marzo de 2023.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 04 celebrada el día 26 de abril de 2023, comunicada al Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito a través del radicado 2-2023-44595, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 31° del Decreto Distrital 372 de 2010 emitió concepto favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por un valor total de $1.093.214.000.
Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió el Concepto previo favorable sobre modificación a la inversión, adición al presupuesto, mediante radicado de la SDP 2-2023-37477, del 14 de abril de 2023.
Que el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos.
Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.
Que la Junta Administradora Local de Tunjuelito, remitió el Acuerdo Local N° 001 de 2023, aprobado el día 12 de mayo de 2023.
Que, el Alcalde Local de Tunjuelito, sancionó el Acuerdo Local N° 001 de 2023, el día 12 de mayo de 2023.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto se;
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese una adición al presupuesto de ingresos de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($4.559.600.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese una adición al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($4.559.600.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Efectúese una adición al presupuesto de ingresos de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS ($3.596.762.443) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 4. Efectúese una adición al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS ($3.596.762.443) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 5. Efectúese una adición al presupuesto de ingresos de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de MIL NOVENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL PESOS ($1.093.214.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
Artículo 6. Efectúese una adición al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia fiscal 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, por valor de MIL NOVENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL PESOS M/CTE ($1.093.214.000) conforme al siguiente detalle:
Artículo 7. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 8. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2023.
JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA
Alcalde Local de Tunjuelito |
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