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Decreto Local 013 de 2023 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
25/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/10/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7847 del 31 de octubre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 013 DE 2023

 

(Octubre 25)

 

Por medio del cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023

 

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ (E)

 

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10º del Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 10º del Decreto 192 del 2 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación:

 

“Artículo 10. - Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que mediante la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, modificó el procedimiento para el trámite de traslados presupuestales en Gastos de Funcionamiento, los cuales tratándose de rubros que componen adquisición de bienes y servicios no requieren concepto previo y favorable.

 

Que, en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá a septiembre 30 de 2023, el rubro “O212020200701030571359 - Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.” cuenta con una apropiación por la suma de $136.777.000 programados para adquisición de pólizas de seguros necesarias para salvaguardar los bienes muebles e inmuebles de propiedad y/o tenencia de la Alcaldía Local de Engativá. Que, a la fecha, con cargo a dicha apropiación se han comprometido el 86,49% siendo así que el presupuesto que el FDLE tenía destinado para la adquisición de los productos y/o servicios correspondientes a este rubro ya fueron comprometidos mediante el contrato de seguros 492 de 2023, situación que permite contar con un saldo disponible de $2.739.854, suma que no será utilizada en la presente vigencia desde este rubro presupuestal. Por tal razón, es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos asciende a un valor total de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($2.739.854) M/CTE.

 

Que, se requiere disponer de los recursos suficientes a fin de cubrir el siguiente rubro presupuestal: “O212020200701030571355 - Servicios de seguros generales de responsabilidad civil por el valor de $2.739.854, para financiar la renovación de la póliza de seguros del Sistema de Fotogrametría UAV marca DJI (Drone) con sus respectivos accesorios.

 

Por tal motivo, se hace necesario acreditar este rubro por un monto total de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($2.739.854) M/CTE., para garantizar el cumplimiento de las metas planteadas en el plan de gestión del presente año, siendo fundamental para esta Alcaldía.

 

Que conforme con lo anterior, se considera procedente efectuar un traslado presupuestal, contracreditando el rubro “O212020200701030571359 - Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.” por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y  MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($2.739.854) M/CTE., y acreditando el siguiente rubro presupuestal: “O212020200701030571355 - Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” por el valor de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($2.739.854) M/CTE.

 

En mérito de lo expuesto,

  

DECRETA:

 

Artículo 1º. – Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CONTRA-

CRÉDITOS

O2

GASTOS

2.739.854

O21

FUNCIONAMIENTO

2.739.854

O212

Adquisición de bienes y servicios

2.739.854

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

2.739.854

O2120202

Adquisición de servicios

2.739.854

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

2.739.854

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

2.739.854

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

2.739.854

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

2.739.854

O212020200701030571359

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

2.739.854

TOTAL CONTRACRÉDITOS

2.739.854

 

Artículo 2º. – Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CRÉDITOS

O2

GASTOS

2.739.854

O21

FUNCIONAMIENTO

2.739.854

O212

Adquisición de bienes y servicios

2.739.854

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

2.739.854

O2120202

Adquisición de servicios

2.739.854

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

2.739.854

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

2.739.854

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

2.739.854

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

2.739.854

O212020200701030571355

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

2.739.854

TOTAL CRÉDITOS

2.739.854

 

Artículo 3º. – Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, remitir copia a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4º. – Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5º.Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de septiembre del año 2023.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

ALFY ROSAS SÁNCHEZ

 

Alcalde Local de Engativá (E) 


Nota: Ver norma original en Anexos.