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DECRETO LOCAL 013 DE 2023
(Noviembre 03)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2023 EL ALCALDE LOCAL DE USME (E) En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Considerando que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.” … Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”. Que se dispone de recursos de inversión por valor de ($508.848.578) en los rubros presupuestales relacionados en el cuadro de contra créditos, teniendo en cuenta que las acciones previstas para estos rubros están cubiertas en su totalidad, por lo que quedarían saldos sin comprometer de cada uno de las imputaciones mencionados. Por esto y en aras de comprometer la totalidad de los recursos y de realizar una reasignación presupuestal entre los rubros presupuestales de Gastos de inversión, se hace necesario efectuar este traslado para complementar y acreditar los rubros de inversión que requieren una mayor asignación de recursos, para así suplir las necesidades de la Entidad con una ejecución proporcionada en todos los rubros que componen los Gastos de Inversión. Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para fortalecer las actividades de la administración de conformidad con lo relacionado en el cuadro de créditos. Es por esto que el Fondo de Desarrollo local de Usme, ve la viabilidad de realizar el traslado presupuestal, generando con esta inversión un impacto significativo a más de 2.500 beneficiarios que se ven impactados de forma directa e indirecta con la prestación de los servicios que ofrece el Centro de Desarrollo Comunitario Julio Cesar Sánchez. Que se cuenta con los recursos disponibles en cada uno de los rubros mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos por trasladar. Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Planeación con oficio 2-2023-114094 del 27 de Octubre de 2023 emite concepto favorable a la propuesta de Traslado. Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda con oficio No 2023EE433834O1 del 02 de Noviembre de 2023, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado. Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Usme (E), DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de QUINIENTOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($508.848.578) conforme al siguiente detalle: CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de QUINIENTOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($508.848.578), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de noviembre del año 2023.
DORIAN DE JESÚS COQUIES MAESTRE
Alcalde Local de Usme (E) Nota: Ver la norma original en Anexos. |
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