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DECRETO LOCAL 024 DE 2023
(Diciembre 19)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que actualmente el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo cuenta con cuatro sedes a cargo las cuales deben tener servicio de vigilancia constante, puesto que se encuentran equipos y enseres, personal e inmuebles a cargo del fondo que deben ser custodiados ante cualquier imprevisto.
Por lo anterior, el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo requiere permanecer con los servicios de monitoreo constante de las sedes pertenecientes al fondo para así mantener un control de todos los bienes y enseres que son pertenecientes y en préstamo; velando por el bienestar de sus funcionarios y con el fin de garantizar y facilitar los espacios físicos de la entidad, en aras de generar óptimas condiciones que ofrezcan un ambiente seguro, adecuado y digno para la prestación del servicio por parte de servidores públicos, contratistas y usuarios.
Que existen saldos de apropiación disponible en gastos de funcionamiento del rubro O21202020070272112 "Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados" por valor de $32.307.084, el cual cuenta con un contrato vigente 245 de 2023, O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión) por valor de $57.392, O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) por valor de $ 8.283, O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) por valor de $809.075, O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) $1.150.834, O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales $3.064.846, O21202020090494239 servicios generales de recolección de otros desechos $4.067.418.
Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro de O21202020080585250 "Servicios de protección (guardas de seguridad)" por valor de $41.464.932, dicha adición le permitirá a la Administración local adicionar y prorrogar el contrato de vigilancia actual teniendo en cuenta que dicho contrato finaliza el 18 de enero de 2024, así mismo permite utilizar el saldo disponible del proyecto 2169 destinado para el servicio de vigilancia en la casa donde funciona de la manzana del cuidado.
Es así que el presupuesto permitirá adicionar y prorrogar el contrato 270-2023 por un periodo de 35 días, distribuidos como se describe a continuación:
Esta adicción y prorroga permitirá al fondo de desarrollo local seguir garantizando la seguridad de sus diferentes sedes.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º.- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2023.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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