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Decreto Local 023 de 2023 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
19/12/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7891 del 22 de diciembre del año 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 023 DE 2023

 

(Diciembre 19)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL- y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).

 

Que el mismo numeral establece: “Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”.

 

Que mediante oficio No. 2023EE466133O1 del 24 de noviembre de 2023 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el FDL efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2023 de DOCE MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE ($ 12.368.217).

 

Que, a finales del año 2022, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2023, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.

 

Teniendo en cuenta lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2023, requiere realizar un traslado presupuestal expuesto en los siguientes puntos, así:

 

1. Que, la entidad suscribió el contrato de seguridad y vigilancia que tiene como objeto “PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PERMANENTE CON MEDIO HUMANO, CON ARMA Y MEDIOS TECNOLÓGICOS PARA TODOS LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USAQUÉN - FDLUSA Y DE LAS QUE LEGALMENTE SEA O LLEGARE A SER RESPONSABLE”, La Alcaldía Local de Usaquén tiene a su cargo bienes muebles e inmuebles de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y le corresponde a esta entidad velar por la adecuada protección y custodia de dichos bienes que conforman su patrimonio, así como de aquellos por los cuales sea o llegara a ser legalmente responsable, para lo cual debe adelantar las acciones  necesarias tendientes a garantizar la protección de los recursos de la organización, con el objeto de prevenir riesgos, hechos y registros que atenten contra la seguridad de los mismos de conformidad con lo señalado en el literal del artículo 2 de la Ley 87 de 1993.

 

La protección y cuidado de las instalaciones, se debe aplicar utilizando estrategias que apunten a la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz, lo cual requiere de personal de vigilancia con experiencia e idoneidad que garanticen el bienestar de funcionarios y visitantes, servicio que debe ser prestado por una empresa debidamente constituida y que cuente con sus respectivas licencias de funcionamiento y demás requisitos legales.

 

Pese a que el contrato actual tiene fecha de finalización 15 de enero de 2024 se requiere la adición del recurso solicitado toda vez que el presupuesto inicial alcanza para cubrir los servicios hasta diciembre, por este motivo es necesario a la adición y la prórroga por 5 días la cual terminaría el 20 de enero de 2024.

 

Por lo que se requiere el traslado de recursos por valor de UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($1.572.358) para realizar la adición de dicho contrato

 

2. De igual forma, se requieren recursos el rubro para el pago de los honorarios de los ediles y edilesas de la localidad, de tal forma que se pueda garantizar el pago en la vigencia actual. Lo anterior dado a que, en el mes de febrero de 2023, se realizó el incremento legal del salario del Alcalde Local en un del 14,62% valor que incide en la misma proporción en los honorarios de los ediles, de acuerdo con lo establecido, superando la proyección de la asignación de gastos de funcionamiento comunicada a nuestra entidad por la Secretaría Distrital de Hacienda en noviembre 2022 con radicado 20225121067111 que correspondía al 10%.

 

Por lo que se requiere el traslado de recursos por valor de DIEZ MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($10.795.859) para garantizar el pago de los honorarios de los ediles y edilesas en la actual vigencia.

 

En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de DOCE MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE ($ 12.368.217).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

 GASTOS 

$ 12.368.217

O21

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

$ 12.368.217

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 11.476.720

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 11.476.720

O2120201

Materiales y suministros

$ 11.476.720

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$ 11.375.110

O212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

$ 7.014.371

O2120201003023213301

Papel kraft

$ 22.000

O2120201003023215307

Cajas de cartón litografiadas

$ 6.731.527

O2120201003023219703

Etiquetas impresas autoadhesivas de papel

$ 20.000

O2120201003023270108

Libros en blanco

$ 2.668

O2120201003023270112

Blocs de papel cuadriculado o rayado

$ 238.176

O212020100304

Químicos básicos

$ 25.300

O2120201003043479098

Material plástico n.c.p.

$ 25.300

O212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

$ 1.900

O2120201003053514001

Tintas para bolígrafos

$ 1.900

O212020100306

Productos de caucho y plástico

$ 4.175.764

O2120201003063649022

Cajitas (estuches) de material plástico para casetes, CD y similares

$ 332.800

O2120201003063692009

Películas plásticas autoadhesivas (papel contac)

$ 215.000

O2120201003063699060

Cartuchos plásticos para impresora de computador

$ 3.627.964

O212020100308

Muebles; otros bienes transportables n.c.p.

$ 157.775

O2120201003083891108

Minas para lápices

$ 4.160

O2120201003083891204

Cintas para impresora

$ 153.615

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

$ 101.610

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

$ 101.610

O2120201004024291304

Navajas y cortaplumas

$ 2.500

O2120201004024291305

Tijeras para artes y oficios

$ 54.000

O2120201004024291501

Tajalápices de bolsillo

$ 42.300

O2120201004024292115

Hojas para sierras de mano

$ 2.810

O2190

Obligaciones por Pagar Funcionamiento

$ 891.497

O219001

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior

$ 891.497

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

 GASTOS 

$ 12.368.217

O21

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

$ 12.368.217

O211

Gastos de personal

$ 10.795.859

O21101

Planta de personal permanente

$ 10.795.859

O2110103

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

$ 10.795.859

O2110103007

Honorarios Ediles

$ 10.795.859

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 1.572.358

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 1.572.358

O2120202

Adquisición de servicios

$ 1.572.358

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 1.572.358

O212020200805

Servicios de soporte

$ 1.572.358

O21202020080585250

Servicios de protección (guardas de seguridad)

$ 1.572.358

 

ARTÍCULO TERCERO: Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D. C, a los 27 días del mes de noviembre del año 2023.

 

JAIME ANDRES VARGAS VIVES

 

Alcalde Local Usaquén

 

Nota: Ver norma original en Anexos.