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Resolución 3268 de 2023 Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Fecha de Expedición:
18/12/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2024
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52614 del 19 de diciembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3268 DE 2023

 

(Diciembre 18)

 

Por medio del cual se reajusta el valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) para la vigencia 2024

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

En uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, creó la Unidad de Valor Básico (UVB) la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos ni regulados, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en el periodo comprendido entre el primero (1) de octubre del año anterior al año considerado.

 

Que el inciso segundo del artículo 313 de la referida Ley establece que “El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicará mediante Resolución antes del primero (1°) de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) aplicable para el año siguiente”.

 

Que el valor de la UVB para el año 2023 fue de diez mil pesos ($10.000.00), de acuerdo con lo dispuesto por el inciso tercero del mismo artículo 313 en mención.

 

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) publicó los resultados del IPC sin alimentos ni regulados para el mes de octubre 2023 variación anual por un valor de 9.51%.

 

Que se requiere reajustar el valor de la Unidad de Valor Básico (UVB) para la vigencia 2024.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Valor de la Unidad de Valor Básico (UVB). El valor de la UVB para el año 2024 será de diez mil novecientos cincuenta y uno pesos ($10.951.00).

 

Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir del 1° de enero de 2024.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2023.

 

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO