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DECRETO LOCAL 018 DE 2023
(Noviembre 28)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2023
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010
CONSIDERANDO:
Que según el parágrafo único del párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”
Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, hay rubros que presentan saldo de apropiación libre de afectación, según certificación expedida por el responsable del presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Bosa del 28 de Noviembre de 2023, de los cuáles se pueden trasladar recursos para financiar la apropiación de otros rubros.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, los rubros 02120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo y O21202020080787142 Servicios de mantenimiento y reparación de motocicletas; presentan saldo suficiente de apropiación para cubrir las necesidades de Servicios de los seguros, en las diferentes dependencias de la Administración Local como son el Área de Gestión de Desarrollo Local, el Área Administrativa, el Área Financiera, Casa de la Participación, el Área de Gestión Policiva y Jurídica.
Que según el parágrafo único del artículo 10 del decreto 192 del 2 de junio de 2021, “por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" este traslado no requiere de concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2023, por valor de $37.281.233, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2023, por valor de $37.281.233, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4°.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5°.- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de noviembre del año 2023.
LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS
Alcaldesa Local de Bosa Nota: Ver norma original en Anexos. |
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