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DECRETO LOCAL 021 DE 2023
(Diciembre 13)
Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde(sa) Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la secretaria Distrital de Planeación”.
Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2023, se hace necesario ajustar los gastos de Funcionamiento los rubros O21201010030505 Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento en estado sólido no volátiles y otros medios, no grabados, 02120201003023215305 Cajas de cartón liso y el 02120201003023219202 Sobres de manila, Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: "UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2023, se hace necesario ajustar los gastos de Funcionamiento los rubros 02120201003023215305 Cajas de cartón liso y el O2120201003023219202 Sobres de manila, 0212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), 0212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, 0212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, 021202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad), 02120202008078715614 Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión, O021202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos los cuales respaldaran presupuestalmente los rubros de 02120201003023215317 Fólderes y el O2120201003063699060 Cartuchos plásticos para impresora de computador, 02120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles.
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP - No 000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($49.715.816), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($49.715.816), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de diciembre del año 2023.
TATIANA PIÑEROS LAVERDE
Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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