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Decreto Local 003 de 2024 Alcaldía Local de Barrios Unidos

Fecha de Expedición:
30/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7925 del 2 de febrero de 2024
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2024

 

(Enero 30)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2024

 

EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS

 

 En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a partir de la Ley 45 de 1990 el Gobierno Nacional liberó las tarifas que las compañías de seguros pueden cobrar en cualquiera de los ramos de seguros que ofrezcan. Por lo tanto, el costo de cualquier seguro está influenciado por múltiples factores entre los cuales podemos citar: las condiciones de reaseguro de los riesgos amparados, las políticas de suscripción de las aseguradoras, el tipo de riesgo a cubrir, la experiencia en siniestros general del ramo y específica del cliente, las tarifas existentes en el mercado para riesgos similares, los cálculos actuariales efectuados para la explotación del ramo y los costos administrativos, entre otros.

 

Que de acuerdo con la información suministrada por el intermediario que el costo del seguro se incrementa cada año de acuerdo con el incremento del salario mínimo legal vigente. Sin embargo, según lo advirtió el Ministerio de Hacienda, la variación del precio del SOAT no estará ligado al salario mínimo, sino que se incrementará de acuerdo con la inflación, la cual muchos analistas sugieren que podría cerrar en una cifra cercana al 12%. por esta razón no es posible mantener el mismo costo del año 2023.

 

Que debido al aumento del nivel de riesgo de las entidades públicas a nivel nacional, el valor de este aseguramiento aumento considerablemente, un 18,76%, a razón de la alta siniestralidad que ha registrado los seguros de responsabilidad civil extracontractual en los últimos años en Colombia, así como el alza del dólar, la inflación, la crisis logística, la guerra entre Rusia y Ucrania y la pandemia del covid-19 que afectaron la economía del mundo y de Colombia, y promovieron el aumento del valor de productos y servicios a índices nunca antes vistos en la historia.

 

Que el artículo 9 del Decreto 777 de 2019, parágrafo estipula:

 

“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito al Presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

RUBRO

CONTRACRÉDITO

O2

Gastos

$ 4.101.700

O21

Funcionamiento

$ 4.101.700

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 4.101.700

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 4.101.700

O2120202

Adquisición de servicios

$ 4.101.700

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 4.101.700

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$ 4.101.700

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios se reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

$ 4.101.700

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

$ 4.101.700

O212020200701030571351

Servicios de seguros de vehículos automotores

$291.179

O212020200701030571354

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

$2.601.077

O212020200701030571359

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

$1.209.444

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

$ 4.101.700

 

ARTÍCULO SEGUNDO: efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

RUBRO

CRÉDITO

O2

Gastos

$ 4.101.700

O21

Funcionamiento

$ 4.101.700

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 4.101.700

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 4.101.700

O2120202

Adquisición de servicios

$ 4.101.700

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 4.101.700

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$ 4.101.700

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios se reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

$ 4.101.700

O2120202007010304

Servicios de seguros de salud y de accidentes

$ 1.287.226

O212020200701030471347

Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)

$ 1.287.226

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

$ 2.814.474

O212020200701030571355

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

$ 2.814.474

 

TOTAL CRÉDITO

$ 4.101.700

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., en la localidad 12 de Barrios Unidos a los 30 días del mes de enero del año 2024.

 

ANTONIO CARRILLO ROSAS

 

Alcalde Local de Barrios Unidos

 

Nota: Ver norma original en Anexos.