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RESOLUCIÓN 283 DE 2024
(Febrero 13)
Por la cual se delegan unas funciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU;
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 9º de la Ley 489 de 1998; 21 de la Ley 1150 de 2007, 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972 y 30 del Acuerdo 01 de 2009 del Consejo Directivo del IDU y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 211 Constitucional estableció que corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes (…)”.
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 prescribe que: “Las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias…”.
Que los artículos 10º y 11 de la Ley 489 de 1998 señalan los requisitos de la delegación y las funciones de las autoridades administrativas que son indelegables. Que el Acuerdo 01 del Consejo Directivo del IDU, por el cual se expiden los Estatutos del Instituto de Desarrollo Urbano, en su artículo 30 faculta al
Director General para delegar las funciones, que considere convenientes, en los servidores públicos del nivel directivo y asesor, conforme a los criterios establecidos en la Ley 489 de 1998.
Que los artículos 15 y 20 de la Resolución IDU-7419 de 2021, modificados por la Resolución IDU-281 de 2024, mediante los cuales se conforman los Subcomités de Gestión Precontractual y de Gestión para el Seguimiento en la Ejecución Contractual del Instituto, establecen que el Director General podrá delegar su participación.
Que este Despacho delegará la participación en estos Subcomité, en la Subdirectora General Jurídica atendiendo al desarrollo de competencias relacionadas con la asesoría respecto de las estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación, desarrollo y control de los proyectos a cargo de este Despacho, así como del análisis de riesgos y los estudios previos necesarios para adelantar los procesos de contratación.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Delegar en la Subdirectora General Jurídica la participación en los Subcomités de Gestión Precontractual y de Gestión para el Seguimiento en la Ejecución Contractual del Instituto, conforme con los artículos 15 y 20 de la Resolución IDU-7419 de 2021, modificados por la Resolución IDU-281 de 2024.
PARÁGRAFO. La delegataria deberá rendir informes periódicos semestrales y en cualquier momento a solicitud del Director General del Instituto, sobre el ejercicio de las funciones delegadas, indicando especialmente los compromisos adquiridos y soportando su cumplimiento; comunicará, así mismo al Director General del Instituto las situaciones que alteren la debida ejecución de las funciones delegadas, así como las decisiones de impacto para la Entidad, en el evento en que haya lugar, y en todo caso, deberá acatar las disposiciones constitucionales y legales en materia de delegación.
ARTÍCULO 2º. En todo caso, siempre que el Director General del Instituto lo considere pertinente, retomará, sin que medie acto administrativo alguno, la competencia, en relación con su participación en los Subcomités de Gestión Precontractual y de Gestión para el Seguimiento en la Ejecución Contractual del Instituto, sin perjuicio de que la delegación continúe vigente en relación con las funciones delegadas.
ARTÍCULO 3º. Ordenar a la Subdirección General de Gestión Corporativa la comunicación de la presente resolución a la doctora MARTHA LILIANA GONZALEZ MARTÍNEZ, Subdirectora General Jurídica del Instituto.
ARTÍCULO 4º. El presente acto administrativo entrará a regir a partir de su publicación en el Registro Distrital.
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2024.
PEDRO ORLANDO MOLANO PEREZ
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |