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DECRETO LOCAL 013 DE 2022
(Diciembre 20)
Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la que le confiere el Articulo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante radicado No.2021EE48245301 del 18 de octubre de 2022, comunicó al Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, la cuota de asignación presupuestal para la vigencia 2023 por un monto de VEINTE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS MCTE ($20,293.862.000).
Que, el Consejo de Política Económica y Fiscal - CONFIS en sesión No.24 del 29 de noviembre de 2022, emitió concepto favorable a los proyectos de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de los Fondos de Desarrollo Local, dentro de éstos, el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL PESOS MCTE ($26.797.024.000) para la vigencia 2023.
Que, la Alcaldesa Local, cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010, presentó oportunamente el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local de La Candelaria.
Que, dentro en primer debate del trámite del Acuerdo Local “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023” la Junta Administradora Local de La Candelaria, conforme al artículo 16 del Decreto Distrital 372 de 2010, presentó propuesta de modificación al presupuesto de Ingresos y gastos presentado por la Alcaldesa Local de La Candelaria, consiste en incrementar el valor de las obligaciones por pagar de inversión, en el valor de MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE. ($1.806.339,000).
Que, mediante comunicado escrito remitido el día 09 de diciembre de 2022, la alcaldesa local, de conformidad con el artículo 16 del Decreto Distrital 372 de 2010, aprobó la solicitud de modificación presentada por la JAL de La Candelaria al presupuesto de Ingresos y gastos, la cual consiste en incrementar el valor de las obligaciones por pagar de inversión, en el valor de MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE. ($1.806.339.000).
Que, en el marco del primer debate del trámite del Acuerdo Local “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023” la Junta Administradora Local de La Candelaria, conforme al artículo 16 del Decreto Distrital 372 de 2010, mediante radicado FDLC-20226710053552 de fecha 12 de diciembre de 2022, presentó propuesta de modificación del presupuesto de Inversión, en sus componentes inflexible y presupuestos participativos.
Que, mediante comunicado escrito con radicado FDLC-20226720552341 de 13 de diciembre de 2022, la alcaldesa local, de conformidad con el artículo 16 del Decreto Distrital 372 de 2010, aprobó parcialmente la solicitud de modificación realizada por la JAL de La Candelaria al presupuesto de Ingresos y gastos presentada por la Junta Administradora Local, de modificación del presupuesto de Inversión, en sus componentes inflexible y presupuestos participativos.
Que, la Junta Administradora Local de La Candelaria, el día 15 de diciembre de 2022, radicó el oficio: No. 20226710054412, mediante el cual entregó a la Alcaldesa Local para su sanción, el Acuerdo Local No. 37 del 14 de diciembre de 2022 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2023”, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISICIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS ($28.603.363.000) PESOS M/CTE.
Que, para los efectos de aprobación del presupuesto anual de Ingresos y Gastos e Inversión - el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2023, se dio pleno cumplimiento a los procedimientos establecidos en el Decreto Distrital 372 de 2010.
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto Distrital 372 de 2010, la Alcaldesa Local debe liquidar El Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos a Nivel de Programas y Proyectos, teniendo en cuenta el Plan de Cuentas Presupuestal establecido por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Fijar el Presupuesto de INGRESOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 diciembre de 2023, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISICIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS ($28.603,363.000) PESOS M/CTE, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el Presupuesto Anual de GASTOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 diciembre de 2023, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISICIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS ($28. 603. 363.000) PESOS M/CTE, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2022.
ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO
Alcaldesa Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos. |