Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 016 de 2023 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
01/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7849 del 2 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2023

 

(Noviembre 01)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la Vigencia Fiscal 2023

 

ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales:

 

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (...)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Que mediante el Decreto 571 del 14 de diciembre de 2022, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2023.

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” estipula que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.

 

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital

 

de Hacienda, define el procedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

 

Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.

 

Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2023, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.

 

Al revisar la ejecución con corte a 19 de octubre de 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que:

 

El concepto de gasto 0212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad, presenta ejecución del 0% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $42.000.000

 

El concepto de gasto O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad), presenta ejecución del 84% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $169.090.590.

 

Que, la Administración Local requiere garantizar la adición del contrato de seguros N° 291-2022, cuyo objeto es: “Contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad del fondo de desarrollo local de Fontibón que estén bajo su responsabilidad y custodia y aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad, así como la expedición de una póliza colectiva de seguro de vida para los ediles de la localidad.” Dicha adición y prorroga por 240 días, garantiza una vigencia a partir del 06 de diciembre de 2023 hasta el 02 de agosto del 2024. Por lo anterior se requiere aumentar la apropiación en el siguiente concepto de gasto así:

 

O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, por valor de $1.425.030

 

Que, la Administración Local requiere contratar la prestación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo con suministro e instalación de repuestos y accesorios nuevos de cada una de las marcas del parque automotor junto con su maquinaria amarilla propiedad del fondo de desarrollo local de Fontibón, por lo anterior para garantizar los recursos respecto al mantenimiento del parque automotor, se requiere aumentar la apropiación en el siguiente concepto de gasto así:

 

O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles, por valor de $160.000.000

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre conceptos de gastos por la suma de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL TREINTA PESOS ($161.425.030) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, el alcalde Local de Fontibón,

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2023 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 


SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

 

TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Se expide en Bogotá D.C. a los 01 días del mes de noviembre del año 2023.

 

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDÁN

 

Alcalde Local de Fontibón (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.