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DECRETO LOCAL 016 DE 2023
(Octubre 10)
Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre Gastos de Funcionamiento al Presupuesto del Fondo de Desarrollo local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto. de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.
Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2023, se hace necesario ajustar los gastos de Funcionamiento los rubros 021202020060363399 Otros servicias de suministro de comidas, el 021202020080585330 Servicios de limpieza general, los cuales se financiaran del saldo del rubro 021202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad)
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP – N° 000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, por la suma de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL ($129.219.686) PESOS M/CTE.), conforme al siguiente detalle:
ARTICULO 2: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos: Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para. la vigencia: comprendida entre el 1 de enero y el 9 de diciembre dé. 2023, CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL ($429.219.080) PESOS MICTE., conforme al siguiente detalle:
ARTICULO TÉRCERO: El presente Decreto Local rige a parir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de octubre del año 2023.
TATIANA PIÑEROS LAVERDE
Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |