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Decreto Local 007 de 2024 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
28/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7953 del 6 de marzo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2024

 

(Febrero 28)

 

Por medio del cual se dan por terminadas las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño convocadas mediante Decreto Local No. 006 del 07 de febrero 2024

 

EL ALCALDE LOCAL ENCARGADO DE ANTONIO NARIÑO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que el inciso segundo de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el Alcalde Local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.

 

Que según dispone el artículo 84 de la Ley 1421 de 1993 en concordancia con el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia dispone que los alcaldes y alcaldesas locales serán nombrados por el Alcalde (sa) Mayor de terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local.

 

Que el Decreto Nacional 1350 de 1993 y el Decreto Distrital 011 de 2008 reglamentan el proceso de conformación de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales.

 

Que el artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, dispone que la Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Local por el término que este fije, sesiones donde únicamente se ocupará de los asuntos que el Alcalde someta a su consideración.

 

Que mediante Decreto Local 006 del 2024 se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido entre el nueve (09) hasta el veintinueve (29) de febrero de 2024. Dada la conformación efectiva de la terna elaborada por la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, esta Administración Local aprueba que se terminen las sesiones extraordinarias convocadas mediante Decreto Local.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por terminadas para el 29 de febrero de 2024, inclusive, las sesiones Extraordinarias de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, convocadas mediante Decreto Local No. 006 del 7 de febrero de 2024, conforme a la parte considerativa del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de febrero del año 2024.

 

MANUEL CALDERON RAMIREZ

 

Alcalde (E) Local Antonio Nariño

 

Nota: Ver norma original en Anexos.