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Acuerdo Local 002 de 2023 Junta Administradora Local de Engativá

Fecha de Expedición:
10/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7860 del 20 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 002 DE 2023

 

(Noviembre 10)

 

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal por valor de $214.338.059 en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo local de Engativá para la vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión para gastos de funcionamiento

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVA

 

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto No. 372 del 2010, y el Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local (FDL), establece en el artículo 31°:

 

Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones., según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L. (…) Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital., para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.

 

Que el Decreto 192 de 2021, en su artículo 10° instituye:

 

“(…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C.

y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos (…)

 

Que el Decreto 192 de 2021, en su artículo 11 establece:

 

Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que mediante Oficio No. 2-2023-106592 del 27 de septiembre de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante Acta CONFIS Nº. 18 de 2023 se comunica al Alcalde Local de Engativá (E) que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) en sesión celebrada el 25 de octubre de 2023, emitió en el punto 13 el concepto favorable al traslado presupuestal de Inversión para Funcionamiento por valor de $214.338.059 en el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, así:

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010. El CONFIS Distrital emitió concepto previo favorable al traslado presupuestal entre los Gastos de Inversión y los Gastos de Funcionamiento, por valor de $214.338.059 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según el siguiente detalle:

Traslado Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones Fondo de Desarrollo Local de Engativá

 

Concepto

Valor

2 Gastos

 

21 Funcionamiento

$ 214.338.059

23 Inversión

-$ 214.338.059

 

Que se encuentra que el siguiente rubro presupuestal de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con saldo disponible “O2306 - OBLIGACIONES POR PAGAR INVERSIÓN: “O230690 - Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores” $214.338.059, valor soportado en el Acta de Liberación de Saldos Nos. 4 del 7 de septiembre del 2023, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde la disminución asciende a un valor total de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE.

 

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal de los siguientes rubros de Gastos de Funcionamiento: “O2110103007 - Honorarios Ediles” por un valor de $73.056.114, y “O212020200701030471349 - Otros servicios de seguros de salud n.c.p”. por la suma de $9.965.592, por cuanto se aplicó la normativa vigente de incremento, y al realizar la proyección se determinó que los recursos disponibles son insuficientes para atender el compromiso con la corporación hasta diciembre de 2023, “O21202020060363399 - Otros servicios de suministro de comidas” por un valor de $14.552.546, con el objeto de poder realizar una adición al Contrato 251 de 2023 y de esta manera poder continuar con la prestación del servicio de cafetería en las diferentes sedes administradas por el Fondo de Desarrollo Local de Engativá desde el 20 de enero de 2024 y hasta el 29 del mes de febrero del año 2024, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 20 de octubre de 2023 y que por medio del Decreto Local No. 012 de 2023, se adelantó un traslado para realizar la adición y prórroga y cubrir estas necesidades hasta el 19 de enero de 2024, “O212020200701030571351 - Servicios de seguros de vehículos automotores” por la suma de $21.000.000, con el objeto de realizar una adición al contrato 492 de 2023, con el fin de asegurar unos vehículos adquiridos por la entidad mediante el contrato 535 de 2023 y que se encuentran en proceso de entrega por parte del contratista, “O21202020080585330 - Servicios de limpieza general” por la suma de $54.763.807, con el objeto de poder realizar una adición al contrato 251 de 2023 y de esta manera poder continuar con la prestación del servicio de aseo en las diferentes sedes administradas por el Fondo de Desarrollo Local de Engativá desde el 20 de enero de 2024 y hasta el 29 del mes de febrero del año 2024, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 20 de octubre de 2023 y que por medio del Decreto Local No. 012 de 2023, se adelantó un traslado para realizar la adición y prórroga y cubrir estas necesidades hasta el 19 de enero de 2024; respecto a los rubros de servicios públicos:“O21202020080686312 - Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)” por un valor de $30.000.000, “O21202020080686330 - Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por la suma de $4.000.000, “O21202020090494110 - Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas Residuales” por un valor de $4.000.000, y “O21202020090494239 - Servicios generales de recolección de otros Desechos” por la suma de $3.000.000, debido al incremento que inició en enero de 2023 y de acuerdo con el IPC de cierre macroeconómico 13,12% y a la fecha encontramos el Kwh se ha incrementado en 14,11% y el servicio de acueducto (m3) a 14.05% igual que el de alcantarillado y el de aseo a 14.02%., los cuales se encuentran deficitarios para asumir los compromisos en la presente vigencia, es así como se adicionará estos rubros presupuestales por la suma total de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE.

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores rubros, requiere la suma de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto la Junta Administradora Local de Engativá,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese la siguiente disminución al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2023, por valor de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE., según el siguiente detalle:

 

 

CÓDIGO

 

CONCEPTO

 

VALOR

O2

GASTOS

214.338.059

O23

INVERSIÓN

214.338.059

 

TOTAL DISMINUCIÓN

214.338.059

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente aumento al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2023, por la suma de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE., según el siguiente

detalle:

 

 

CÓDIGO

 

CONCEPTO

 

VALOR

O2

GASTOS

214.338.059

O21

FUNCIONAMIENTO

214.338.059

 

TOTAL AUMENTO

214.338.059

 

ARTÍCULO TERCERO: Comunicación. Una vez expedido el presente Acuerdo Local, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D. C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2023.

 

FIDEL ERNESTO POVEDA GÓMEZ

 

Presidente Junta Administradora Local

 

JOSÉ CORNELIO HERNÁNDEZ

 

Vicepresidente Junta Administradora Local

 

El Alcalde Local de Engativá (E), sanciona el presente Acuerdo a los quince (15) días del mes de noviembre del dos mil veintitrés (2023).

 

ALFY ROSAS SÁNCHEZ

 

Alcalde Local de Engativá (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.