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DECRETO LOCAL 014 DE 2023
(Noviembre 15)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2023
EL ALCALDE LOCAL DE USME (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.” …
Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.
Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme cuenta con los proyectos de inversión registrados en el Banco de Proyectos de Inversión del Distrito, No. 1707 denominado: “Apoyos para la población vulnerable de Usme”, cuyo objeto es apoyar a la población vulnerable de Usme, con los contratos adelantados garantiza el cumplimiento de la meta establecida en el Plan de Desarrollo para la vigencia 2023. Por lo cual se hace necesario trasladar $620.425.000.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme cuenta con el proyecto de inversión registrado en el Banco de Proyectos de Inversión del Distrito, No. 1714 denominado: EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA USME DEL SIGLO XXI, con los contratos adelantados garantiza el cumplimiento de la meta establecida en el Plan de Desarrollo para la vigencia 2023. Por lo cual se hace necesario trasladar $413.273.332
Que de conformidad a la información reportada por parte del FDLU se cuenta con un monto de CUATROCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($401.559.738), los cuales corresponden a saldos de obligaciones por pagar liberados de vigencias anteriores, recursos que cuentan con las actas de liquidación y que se requieren ser vinculados a los recursos de inversión de la vigencia actual.
Que se dispone de recursos de inversión por valor de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETENTA PESOS M/CTE ($1.435.258.070), en los rubros presupuestales relacionados en el cuadro de contra créditos, teniendo en cuenta que las acciones previstas para estos rubros están cubiertas en su totalidad, por lo que quedarían saldos sin comprometer de cada una de las imputaciones mencionadas. Por esto y en aras de comprometer la totalidad de los recursos y de realizar una reasignación presupuestal entre los rubros presupuestales de Gastos de inversión, se hace necesario efectuar este traslado para complementar y acreditar los rubros de inversión O23061605570000001856 Gobierno abierto y transparente y O23061605570000001857 Gobierno legítimo y eficiente, que requieren una mayor asignación de recursos, para así suplir las necesidades de la Entidad con una ejecución proporcionada en todos los rubros que componen los Gastos de Inversión.
Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para fortalecer las actividades de la administración de conformidad con lo relacionado en el cuadro de créditos.
Que se cuenta con los recursos disponibles en cada uno de los rubros mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos por trasladar.
Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Planeación con oficio 2- 2023-115712 del 2 de Noviembre de 2023 emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda con oficio No 2023EE448681O1 del 15 de Noviembre de 2023, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.
Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Usme (E),
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETENTA PESOS M/CTE ($1.435.258.070). conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETENTA PESOS M/CTE ($1.435.258.070), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre del año 2023.
DORIAN DE JESUS COQUIES MAESTRE
Alcalde Local de Usme (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |