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DECRETO LOCAL 013 DE 2023
(Septiembre 28)
Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal entre gastos de inversión al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421/93 y Decreto 372/2010
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 31 del Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su numeral 1° ítem 2° el cual consagra que: Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que mediante comunicación N° 2023EE37809501 del 27 de septiembre de 2023, el director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que mediante comunicación N.° 2-2023-102842 del 14 de septiembre de 2023, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la secretaria Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable para el trámite del traslado Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Contracreditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia de 2023, por la suma de NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS DIEZ PESOS M/CTE ($989.140.910), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Acreditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia de 2023, por la suma NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS DIEZ PESOS M/CTE ($989.140.910), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de septiembre del año 2023.
TATIANA PIÑEROS LAVERDE
Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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