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Resolución 067 de 2024 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Fecha de Expedición:
17/05/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/05/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8028 del 29 de mayo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 067 DE 2024

 

(Mayo 27)

 

Por la cual se modifica la caja menor de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, de la vigencia fiscal 2024

 

LA DIRECTORA GENERAL DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 12 de 1970 expedido por el Concejo de Bogotá, el Acuerdo 002 de 1999 y el Acuerdo 004 de 2017 expedidos por la Junta Directiva de la entidad, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la caja menor de funcionamiento de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño se fijó inicialmente mediante resolución No. 06 de 2024 del 18 de enero de 2024 en la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000), de la siguiente manera:

 

 

Que por necesidades del servicio se hace necesario adicionar el rubro O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación en la suma de Quinientos mil pesos M/CTE ($500.000), de acuerdo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 517 Sap N. 569428 para atender gastos de la caja menor por dicho rubro, en lo que resta de la vigencia.

 

En mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución No. 06 de 2024 en lo relativo al monto de la caja menor de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2024, cuya cuantía será de nueve millones quinientos mil pesos ($9.500.000), quedando así:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los gastos que ocasione la Caja menor afectarán los rubros relacionados en la parte motiva de la presente Resolución, en las cuantías allí relacionadas, del presupuesto de la Entidad para la vigencia 2024.

 

ARTÍCULO TERCERO: Las demás disposiciones consignadas en la Resolución No. 06 de 2024 por medio de la cual se constituyó la Caja menor, se mantienen vigentes.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2024.

 

BLANCA ANDREA SÁNCHEZ DUARTE

 

DIRECTORA GENERAL


Nota: Ver norma original en Anexos.